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Gasto educativo ex empleado
Saludos,
Una persona asalariada, recién desahuciada, puede presentar sus gastos educativos del periodo 2022? como se ejecutaría el reembolso o saldo a favor que tenga por concepto de su isr?
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Saludos,
Una persona asalariada, recién desahuciada, puede presentar sus gastos educativos del periodo 2022? como se ejecutaría el reembolso o saldo a favor que tenga por concepto de su isr?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
20.5K Mensajes
hace 1 año
Buenas tardes, Juan. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, puede beneficiarse de la ley de gastos educativos siempre y cuando el ingreso devengado durante los meses trabajados exceda la exención contributiva y agote los siguientes pasos:
Importante: Si es la primera vez que optará por el beneficio de la ley, en su panel de asalariados debe cotejar la opción Acepto Ley y presionar el botón Aceptar.
Si se encuentra desempleado, la devolución la realizará la DGII, para lo cual debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en el área de información de las Administraciones Locales, la siguiente documentación:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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