Puede solicitar la incorporación al RNC como Registrado, llevando a cabo los siguientes pasos, según la vía:
Por la APP DGII Móvil:
Ingrese a la aplicación DGII Móvil.
Haga clic sobre la opción Inscripción de Registrados del menú Servicios.
Complete los campos del formulario que visualizará en pantalla, marque con un cotejo en Acepto los Términos y Condiciones y pulse en Verificar y Continuar.
Visualizará en pantalla un resumen con los datos colocados, escoja el medio de contacto (teléfono o correo electrónico) para la validación del proceso y presione el botón Enviar Código.
Inserte el código que recibirá a través del medio de contacto elegido y pulse la opción Validar.
Visualizará en pantalla un mensaje indicándole que su solicitud fue procesada y le mostrará su número de Registro Nacional de Contribuyentes (RNC)
Por la Oficina Virtual:
Ingrese a la Oficina Virtual DGII.
En el menú ubicado en la parte superior izquierda, seleccione la opción de “Inscripción y Actualización al RNC”.
En el campo “Tipo de Solicitud”, seleccione “Inscripción al RNC”, elija la opción “Registrados (Empleados, Propietarios de vehículos e Inmuebles, etc.)” del listado disponible en el campo “Inscripción al RNC” y pulse el botón Siguiente.
Complete los campos correspondientes a sus Datos Generales, su Domicilio y Datos del Contacto.
Luego de haber completado correctamente todos los renglones, marque con un cotejo en Acepto los términos y condiciones” y pulse “Guardar y Continuar.
El sistema le mostrará un resumen con los datos colocados. Digite un correo electrónico (email) y pulse Enviar. Inserte el código que recibirá vía correo y pulse Validar.
El sistema le enviará un mensaje indicando que su solicitud ha sido procesada, que ya se encuentra registrado y le mostrará su número de RNC.
Importante:
El correo electrónico colocado en el formulario de inscripción debe guardar relación con el contribuyente y no debe estar registrado en nuestra base de datos.
En caso de tener requisitos pendientes el sistema le dará una alerta, indicándole que estos deben ser completados.
En caso de querer efectuar alguna corrección a los campos llenados, pulse “Rechazar Cambios”.
Esta opción solo está disponible para la inscripción de registrados con las siguientes actividades económicas:
Diplomáticos y/o Cónsules.
Empleados (Asalariados).
Empleados y Obreros.
Impuesto Sucesoral.
Obreros.
Operaciones De Motocicletas.
Operaciones Inmobiliarias, Inversionistas.
Extranjeros.
Operaciones Vehículos De Motor.
Otros Servicios (Estudiantes, Amas De Casa, Pensionados).
Participación En Empresas.
Tenencia De Inmuebles Para Fines De Vivienda (No Comercial).
De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial (CAP) o en el área de Informacion de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante.
Carta de autorización firmada (en caso de que un tercero sea el que realice la solicitud).
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante (en caso de que un tercero sea el que realice la solicitud.
Importante:
Este registro no lo faculta para operar como contribuyente, por lo cual no podrá emitir facturas ni solicitar Números de Comprobantes Fiscales.
Tiempo de respuesta: inmediato. En casos de extranjeros o cuando la cédula del registrado inicie con “402”, el tiempo de respuesta de la incorporación será de 3 días.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 50, Norma General 04-21.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda DGII
452 Mensajes
hace 5 años
Puede solicitar la incorporación al RNC como Registrado, llevando a cabo los siguientes pasos, según la vía:
Por la APP DGII Móvil:
Por la Oficina Virtual:
Importante:
Empleados (Asalariados).
Empleados y Obreros.
Impuesto Sucesoral.
Obreros.
Operaciones De Motocicletas.
Operaciones Inmobiliarias, Inversionistas.
Extranjeros.
Operaciones Vehículos De Motor.
Otros Servicios (Estudiantes, Amas De Casa, Pensionados).
Participación En Empresas.
Tenencia De Inmuebles Para Fines De Vivienda (No Comercial).
De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial (CAP) o en el área de Informacion de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
Importante:
Este registro no lo faculta para operar como contribuyente, por lo cual no podrá emitir facturas ni solicitar Números de Comprobantes Fiscales.
Tiempo de respuesta: inmediato. En casos de extranjeros o cuando la cédula del registrado inicie con “402”, el tiempo de respuesta de la incorporación será de 3 días.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 50, Norma General 04-21.
(Editado)
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