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Facturación electrónica
Buenas,
Existe una forma para saber con el RNC, cuando una empresa debe migrar a la facturacion electronica.
Gracias.
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Buenas,
Existe una forma para saber con el RNC, cuando una empresa debe migrar a la facturacion electronica.
Gracias.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.9K Mensajes
hace 3 meses
Buenos días, Juan. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, sí, para poder suministrarle la información requerida necesitamos que nos indique el RNC.
En ese mismo orden, también tiene la opción de consultarlo a través de la OFV en la opción “Datos básicos RNC” “tamaño de la empresa”.
Asimismo, para asegurar la implementación de una manera fluida y ordenada, los contribuyentes deberán implementar sistemas de facturación electrónica conforme el siguiente calendario:
• Contribuyentes Grandes Nacionales: dentro de los 12 meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley 32-23. Es decir, a más tardar el 15 de mayo de 2024.
• Contribuyentes Grandes Locales y Medianos: dentro de los 24 meses contados a partir de la entrada en vigencia de la entrada en vigencia de Ley 32-23. Es decir, a más tardar el 15 de mayo de 2025.
• Pequeños, Micro y no clasificados: dentro de los 36 meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley 32-23. Es decir, a más tardar el 15 de mayo de 2026.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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