jueves, 24 de julio de 2025

Cerrado

FACTURACION ELECTRONICA PARA EQUIPOS DE MLB REGISTRADOS EN EL PAIS COMO FUNDACIONES

Buenas tardes.

Me gustaría saber como proceder con relación a la facturación electrónica para una academia de béisbol en el país registrada como fundación, ya que su naturaleza operativa es de generar gastos no ingresos, cuál seria su fecha limite para implementar la facturación electrónica, tomando en consideración que no tenemos facturación regular, solo gastos.

Quedo al pendiente 

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Solución oficial

Buenas tardes, Lisbett. Gracias por contactarnos.

 

La facturación electrónica en República Dominicana es obligatoria a partir de la entrada en vigencia de la Ley 32-23, el 16 de mayo del 2023. Para asegurar una incorporación fluida y ordenada de esta ley, los contribuyentes deberán implementar sistemas de facturación electrónica conforme el siguiente calendario: https://acortar.link/eaXl2R.

 

En ese mismo orden, aunque las fundaciones no emitan facturas, deberán realizar la solicitud para acogerse a la facturación electrónica ya que la ley 32-23 indica que aplica para todos los contribuyentes.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.

@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos​ 

Cual es al fecha limite para que los grandes contribuyentes (fundaciones), se acojan a la facturación electronica.

Buenos días, Lisbett. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, la facturación electrónica en República Dominicana es obligatoria a partir de la entrada en vigencia de la Ley 32-23, el 16 de mayo del 2023. Para asegurar una incorporación fluida y ordenada de esta ley, los contribuyentes deberán implementar sistemas de facturación electrónica conforme el siguiente calendario:

 
ENTIDADES DEL ESTADO:
 
  • Clasificadas Grandes Contribuyentes Nacionales: dentro de los 12 meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley 32-23. Es decir, a más tardar el 15 de mayo de 2024.

  • Las demás: dentro de los 36 meses  contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley 32-23. Es decir, a más tardar el 15 de mayo de 2026.
 
RESTO DE CONTRIBUYENTES:
 
  • Contribuyentes Grandes Nacionales: dentro de los 12 meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley 32-23. Es decir, a más tardar el 15 de mayo de 2024.

  • Contribuyentes Grandes Locales y Medianos: dentro de los 24 meses contados a partir de la entrada en vigencia de la entrada en vigencia de Ley 32-23. Es decir, a más tardar el 15 de mayo de 2025. A este grupo se le otorgó una prórroga de seis (6) meses, por lo que, la nueva fecha de implementación es el 15 de noviembre de 2025.

  • Pequeños, Micro y no clasificados: dentro de los 36 meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley 32-23. Es decir, a más tardar el 15 de mayo de 2026.
 
Importante:

Para los fines de implementación de facturación electrónica, se entiende por No Clasificados a aquellos contribuyentes personas físicas o jurídicas que no reúnan las características de grandes contribuyentes nacionales, grandes contribuyentes locales, medianos, pequeños y micro, conforme lo establecido en la Ley 187-17.
 
El listado de los contribuyentes obligados a implementar Facturación Electrónica y el plazo de implementación se encuentra disponible en la sección Facturación Electrónica de nuestra página web.
 
Los contribuyentes pueden empezar a implementar la facturación electrónica sin tener que esperar el tiempo calendario para la implementación.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.