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FACTURACION ELECTRONICA PARA EQUIPOS DE MLB REGISTRADOS EN EL PAIS COMO FUNDACIONES
Buenas tardes.
Me gustaría saber como proceder con relación a la facturación electrónica para una academia de béisbol en el país registrada como fundación, ya que su naturaleza operativa es de generar gastos no ingresos, cuál seria su fecha limite para implementar la facturación electrónica, tomando en consideración que no tenemos facturación regular, solo gastos.
Quedo al pendiente


Oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 5 meses
Buenas tardes, Lisbett. Gracias por contactarnos.
La facturación electrónica en República Dominicana es obligatoria a partir de la entrada en vigencia de la Ley 32-23, el 16 de mayo del 2023. Para asegurar una incorporación fluida y ordenada de esta ley, los contribuyentes deberán implementar sistemas de facturación electrónica conforme el siguiente calendario: https://acortar.link/eaXl2R.
En ese mismo orden, aunque las fundaciones no emitan facturas, deberán realizar la solicitud para acogerse a la facturación electrónica ya que la ley 32-23 indica que aplica para todos los contribuyentes.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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