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Retención Gubernamental 5% ISR a proveedores con factura electrónica.
Saludos,
Trabajo en el sector público, especificamente en el Minerd y quisiera saber si debo retener el 5% de ISR a proveedores del estado con facturación electrónica.
En caso de que no deba retenerles, ¿debo esperar que el proveedor me notifique que NO debo retener o debo obviar la retención cuando vea que la factura tiene eNCF?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 5 meses
Buenos días, Iván. Gracias por contactarnos.
Los proveedores del Estado que hayan sido autorizados como emisores electrónicos y facturen bienes y servicios en e-cf quedan exceptuados (liberados) de la retención del 5% del Impuesto Sobre la Renta que el Estado y sus dependencias debe realizar en los pagos que efectúa.
Importante:
La disposición de no aplicación de la retención por parte de las entidades del Estado debe ser cumplida a partir de la puesta en vigencia de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica.
Base legal: Ley 32-23, Art. 34; Reglamento 587-24, Art. 44.
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