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Depreciacion plata eléctrica
Buenas tardes quiero saber cual es el tratamiento en la declaración IR2 de depreciacion de una planta eléctrica comprada en mayo 2018 para la declaración del Dic. 2019, se que es de categoría 3 y su porcentaje de depreciación es unn15% pero cual es el procedimiento, espero me ayuden gracias
Solución oficial
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4.8K Mensajes
hace 5 años
En vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19, nuestras oficinas se encuentran brindando asistencia parcialmente de forma remota, por lo que, para recibir la orientación puedes escribir a los correos electrónicos especificados en el Aviso 34-20:
https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/34-20.pdf
Para conocer a cuál administración local perteneces puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.
También puedes visualizar el instructivo de llenado y envío del IR-2, disponible en nuestro Portal Web DGII mediante este enlace:
https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/isr/ISR%20Persona%20Jurd...
Nota: Recordamos que para asegurar una mejor experiencia en nuestra Comunidad de Ayuda, de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las preguntas realizadas deben marcarse con la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
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Pycon Dominicana
122 Mensajes
hace 5 años
Suheydy,
Lo primero que debes verificar, es si para el año 2018 se contemplo ese activo fijo en el Anexo D de la declaración jurada, si ese anexo esta completo, el balance final de ese activo categoria 3, será tu balance inicial en el mismo anexo para el año 2019 y si has tenido nuevas compras de ese tipo de activo, debes agregar el 50% del valor de las adquisiciones en el anexo D y el otro 50% como proporción no depreciada.
Después debes hacer la resta de la depreciación determinada en el Anexo D y la depreciación contable, para que determines si procede un ajuste positivo o un ajuste negativo en el anexo G. Si la depreciacion de la dgii es mayor, tienes una deficiencia y si es menor, tienes un exceso.
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Euclides Angeles Nina
181 Mensajes
hace 5 años
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Pycon Dominicana
122 Mensajes
hace 5 años
Ojo:
Deben tener en cuenta, que para fines contable, no se puede hacer el mismo cálculo de depreciación.
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