jueves, 25 de enero de 2018

Cerrado

CA3551 ¿Qué necesito para traspasar un vehículo de motor en caso de adjudicación por sucesión?

.

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

hace 8 años

    Para realizar el traspaso de un vehículo de motor por sucesión debe depositar en la Unidad de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de la Administración Local o los Centros de servicios/transacciones de Vehículos de Motor, los siguientes documentos:
    1. Matrícula original legible, sin plastificar y sin alteraciones. En el caso de que la matrícula no cumpla con las condiciones descritas, deberá solicitar  un duplicado por pérdida o deterioro para poder realizar este trámite.
    2. Copia del pliego de modificaciones y de la liquidación del impuesto sucesoral.
    3. Copia de recibo de pago del impuesto sucesoral.
    4. Acuerdo suscrito por los herederos notarizado y legalizado, designando a quien será transferido el vehículo.
    5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de los herederos o copia del pasaporte en caso de extranjeros.
    6. Poder notarizado y legalizado (aplica en caso de ser un apoderado quien realice el trámite).
    7. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado o copia del pasaporte en caso de extranjeros (aplica en caso de que sea un apoderado o representante quien realice el trámite).

    Tiempo de respuesta: inmediato.

    Costo del Servicio:
    Gratuito.

    Importante:

    1. Para realizar el traspaso por sucesión, primero debe realizar la Declaración Jurada de Sucesión.

    2. En el caso de que los herederos sean menores de edad, el acuerdo debe ser homologado mediante sentencia emitida por el tribunal de niños, niñas y adolescentes o el consejo de familia.

    3. Este tipo de traspaso puede realizarse juntamente con un duplicado de matrícula en caso de pérdida o deterioro. En estos casos, primero se realiza la transferencia y luego se emite una única matrícula a nombre del heredero

    4. En caso de que el vehículo haya sido vendido o donado, los herederos pueden establecer los datos del comprador o donatario en el acuerdo, de manera que, una vez realizada la sucesión, se puede realizar el traspaso. En estos casos el acuerdo sustituye el acto de venta o el acto de donación.

    Base Legal: Ley 63-17; Norma 03-25, Art. 5.

    (Editado)