Perfil de Eliana Castillo

martes, 2 de enero de 2018 15:45

Cerrado

CA1109 ¿Qué necesito para realizar la Declaración Jurada de Sucesiones?

.

Solución oficial

1.9K Mensajes

hace 7 años

Para presentar la Declaración Jurada de Sucesiones debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana a la última dirección donde vivió el finado (último domicilio que tuvo el fallecido), los siguientes documentos:

  1. Formulario de Declaración Jurada de Sucesiones (SD-1) y sus anexos, llenado, notariado y firmado por el declarante y los beneficiarios.
  2. Comprobantes originales con Número de Comprobante Fiscal válido para crédito fiscal de los gastos clínicos, funerarios y de enterramiento o de las deudas dejadas por el fallecido (aplica en caso de poseerlos).
  3. Copia de los títulos de los bienes muebles e inmuebles del fallecido  (aplica en caso de poseerlo).
  4. Copia del acta de defunción del fallecido. 
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del fallecido.
  6. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de los herederos (mayores de edad) o Pasaporte en caso de extranjeros.
  7. Copia del acta de matrimonio (aplica si el fallecido estuvo casado).
  8. Copia de Acta de Nacimiento de los herederos (no requiere estar legalizada).
  9. Copia del testamento (aplica en caso de que exista).
  10. Certificaciones originales bancarias o financieras del fallecido actualizadas a la fecha de la solicitud (aplica en caso de poseerlo).
  11. Copia del acta notarial de determinación de herederos (aplica en caso de poseerlo).
  12. Sentencia o certificación de renuncia emitida por el Tribunal de Primera Instancia (aplica en caso de que uno de los herederos, sucesores, legatarios renuncie a la sucesión). 
  13. Poder de representación del declarante (aplica en caso de que no sea uno de los
    herederos quien realice la solicitud).


Importante:

  • El Centro de Asistencia al Contribuyente solo recibirá estas solicitudes cuando la Administración Local a la que pertenezca el finado se encuentre en Santo Domingo.

  • Esta declaración debe ser presentada dentro de los noventa (90) días calendario (después del fallecimiento).

  • Los gastos médicos, funerarios y testamentos generados en el exterior deben estar apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores (antigua Cancillería).

  • Cuando los comprobantes sean emitidos a nombre de uno de los sucesores, se debe hacer constar los datos del fallecido al cual sería emitido dicho comprobante.

  • El acta de notoriedad o determinación de herederos, es el instrumento público que determina, a falta de un testamentos a quiénes se llamaran herederos del fallecido. Es un acto auténtico, levantado por ante notario donde se hacen constar quiénes son los presuntos o reales herederos de una persona fallecida. La administración debe solicitarla únicamente en los casos en que la filiación no pueda ser establecida mediante las actas del Estado Civil o si es difícil de determinar con las mismas. Estos quedan establecido por ley.

Tiempo de Respuesta: 45 días laborables.

Base Legal: Ley 2569, Art. 24 numeral 5 y artículos siguientes, Código Civil Arts. 784 y 785.

Documentación Relacionada: Consulta técnica 56 de octubre 2021.

(Editado)