Perfil de Dania Fermin

martes, 29 de octubre de 2024 23:42

VENTA DE ACCIONES

Saludos,

Solicito su orientación por favor con el siguiente caso:   El socio mayoritario de la empresa para la cual presto servicio vendió sus acciones totales a otra empresa, recibió el pago acordado mediante transferencia bancaria a su cuenta personal, mi pregunta es: cuales compromisos tributarios genera esta persona al realizar esta transacción y cual sería el procedimiento fiscal.

Gracias anticipadas.

Solución oficial

Buenos días, Dania. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que la venta que informa podría generarle al socio la obligación de pagar el Impuesto de Ganancia de Capital.

 

El Impuesto de Ganancia de Capital es el impuesto que grava la transferencia o traspaso de los bienes o derechos situados, colocados o utilizados en la República Dominicana, siempre que su propiedad se haya traspasado a favor de un tercero, relacionado o no, a título gratuito u oneroso, aun cuando la cesión de la propiedad haya ocurrido de manera indirecta por vía de la transferencia de las acciones de la sociedad poseedora de dichos bienes o derechos, constituida dentro o fuera de República Dominicana.

 

Este impuesto debe ser pagado por las personas físicas o jurídicas que transfieran o enajenen activos de capital sujetos a este impuesto.

 

Para determinar la ganancia de capital se deducirá del precio de venta o valor de enajenación; el costo fiscal del respectivo bien o activo de capital.

 

A continuación, ponemos a su disposición algunos enlaces sobre este tema que podrían ayudarle a aclarar otras dudas al respecto:

 

‎CA4240 ¿Qué es el Impuesto de Ganancia de Capital? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos (dgii.gov.do)

 

‎CA3694 ¿Cuáles documentos debo depositar para que me determinen si hubo o no ganancia de capital? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos (dgii.gov.do)

 

‎CA810 ¿Cuál es la tasa a pagar por el Impuesto a la Ganancia de Capital? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos (dgii.gov.do)

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.

 

88 Mensajes

hace 2 horas

muchas gracias