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martes, 31 de octubre de 2023 16:19

Cerrado

¿Todos los comprobantes electrónicos generan acuse de recibo y aprobación comercial?

Hola, buenas tardes, tengo esta duda: ¿Todos los comprobantes electrónicos generan acuse de recibo y aprobación comercial o existe alguna excepción en los que ciertos comprobantes no requieren de acuse de recibo y/o aprobación comercial? Gracias por su tiempo

Solución oficial

Buenas tardes, Héctor. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que sí, todos los e-CF generan un acuse de recibo y la aprobación comercial, sin embargo, no es lo mismo.

 

El Acuse de Recibo es la respuesta automática que indica que el e-CF fue recibido por el receptor electrónico. La recepción de este acuse no implica una respuesta positiva o negativa respecto de la transacción comercial por parte del receptor.

 

Importante:
Mediante la emisión del formato de Acuse de Recibo, el receptor electrónico deberá enviar al emisor electrónico la constancia de recepción del e-CF.

 

En cuanto la Aprobación o Rechazo Comercial: Es la respuesta que el receptor electrónico envía de manera opcional al emisor del e-CF, como constancia de su conformidad con la transacción realizada, la cual puede ser de “Aceptación” o de “Rechazo”.

 

El receptor electrónico debe utilizar el formato XML de ‘Aprobación Comercial’. En caso de enviarla, deberá remitirla tanto al Emisor Electrónico como a la DGII.

 

Consideraciones importantes:

 

·         Cuando un e-CF es rechazado comercialmente implica que no puede volver a utilizarse el Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e-NCF). En este caso, debe realizarse una nota de crédito anulando la transacción y debe ser emitido un nuevo e-CF, dichos documentos deben ser enviados a DGII y el nuevo e-CF al receptor electrónico.

·         El no envío de la Aprobación Comercial no tiene implicaciones, ya que su uso es opcional. En caso de enviarla, deberá remitirla tanto al Emisor Electrónico como a la DGII. De no enviarla, se considerará el e-CF aceptado cuando el receptor reporte el comprobante en el Formato de Envío de Costos y Gastos (Formato 606).

·         Luego que el receptor electrónico acuse recibo del e-CF al emisor electrónico, este indicará su conformidad mediante la Aprobación o Rechazo Comercial o remitirá el Formato de Envío de Costos y Gastos (606). Para este proceso no se tiene un tiempo establecido.

 

 

Base Legal: Norma 01-2020, Art. 3, literal d y e. Ley 32-23.

 

A fin de conocer más sobre la Facturación Electrónica, le exhortamos a ingresar al siguiente enlace: http://ms.spr.ly/612109NzFO

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.



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Buenas tardes, muchas gracias por la información.

Entonces todos los e-CF generan acuse de recibo y aprobación comercial.

Pero lo que me causa confusión es un punto que se menciona en este documento de la DGII: Descripción técnica de facturación electrónica veo que en la página 50 para Recepción de Comprobantes se dice lo siguiente en su Descripción: Recibe a modo de simulación, un comprobante electrónico (eCF) y en respuesta retorna un acuse de recibo de este. y luego en el primer punto de Validaciones: Tipo de comprobantes 32, 41, 43, 45, 46 y 47 no aplican para ser enviados a otro contribuyente. ¿Cómo se interpretaría esto, cómo funcionaria el acuse de recibo para estos comprobantes 32,41,43,45,46 y 47 al no ser enviados al receptor?

También en la página 49 sobre la Aprobación Comercial se tiene una validación parecida: Aprobaciones comerciales para los tipos de eCF 32, 41, 43, 46 y 47 no aplican para ser enviadas a otro contribuyente.

Y para este punto de la aprobación comercial ¿Cómo funcionaria si se menciona que para los eCF 32, 41, 43, 46 y 47 no aplican para ser enviadas al receptor? ¿o esto no tiene nada que ver?

Tengo esas dudas que se surgieron al ir revisando la documentación, me parece un punto algo confuso, agradecería mucho si lo pueden aclarar

Buenos días, Hector. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, por la naturaleza de las secuencias de comprobante mencionadas, no son aptas para enviar a otro contribuyente, debido a que estas son validas para sustentar sus gastos e ingresos, tal como las facturas de consumo (32), gastos menores (43), etcs.

 

En ese mismo orden, le indicamos que el documento se encuentra en revisión, debido a que la secuencia Gubernamental (45), si aplica para ser enviado al contribuyente, con relación a los demás indicados no.

 

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Muchas gracias por su respuesta, tengo esta última pregunta ¿el hecho de que ciertos e-CF no sean aptos para ser enviados a otros contribuyentes quiere decir que no se genera el XML del acuse de recibo o de la aprobación comercial, eso es lo que significa que no sean aptos para envío a otro contribuyente? o ¿de todas formas generan XML sin importar que sean aptos o no?

Buenos días, Héctor. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que el formato XML es en el que deben ser remitidas las informaciones a la DGII, en el caso antes expuesto se hace referencia a los comprobantes que son autogenerados el receptor no recibirá el acuse correspondiente a este tipo de e-CF, sin embargo, todos los comprobantes electrónicos generado si seran recibidos en esta DGII.

 

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(Editado)

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Muchas gracias por la respuesta