Perfil de Dair Bast

10 Mensajes

sábado, 26 de julio de 2025

Cerrado

Aclaración de como se calculan los recargos e intereses impuesto sucesoral

Saludos.  Tengo muchas dudas con el calculo de los recargos ,intereses y moras del impuesto sucesoral. Y no esta disponible en el servicio de calculadora, que ustedes tienen.  Podrían por favor   ponerme un ejemplo   con cifras y fechas. 

Por ejemplo.  Base imponible 1, millón. Fecha de fallecimiento 1/01/2022

A la fecha,  cuanto es? O hay algún reglamento que lo explique más claro? Un manual?

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenos días, Dair. Gracias por contactarnos.

 

A la presentación tardía de las Declaraciones Juradas de Sucesiones y Donaciones se le aplica los siguientes porcentajes de recargos:

  • 10% por el primer mes o fracción de mes después de vencido el plazo.
  • 20% por más de un mes y hasta tres meses después de vencido el plazo.
  • 25% por más de tres meses y hasta seis meses después de vencido el plazo.
  • 30% por más de seis meses y hasta nueve meses después de vencido del plazo.
  • 35% por más de nueve meses y hasta un año después de vencido del plazo.
  • 50% por más de un año en adelante después de vencido del plazo.

Nota: Para el calculo exacto correspondiente a su caso, le exhortamos canalizar la consulta directamente con la Adminsitración Local correspondiente al finado.

Importante:

  • El recargo correspondiente será al impuesto sucesoral determinado.
  • Una vez emitida la notificación de pago del impuesto y entregado el pliego sucesoral, el contribuyente dispondrá de treinta (30) días para efectuar el pago del impuesto (más el recargo si aplica), vencido este plazo serán aplicados los recargos por mora e intereses indemnizatorios establecidos en el Art. 252 del Código Tributario.
  • La Declaración Jurada del Impuesto de Sucesiones debe ser presentada a más tardar noventa (90) días después de ocurrido el fallecimiento.
  • La Declaración Jurada del Impuesto de Donaciones debe ser presentada a más tardar treinta (30) días hábiles después de haber elaborado el acto de donación.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.