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jueves, 4 de enero de 2018 21:04
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Solución oficial
hace 7 años
El impuesto sucesoral debe ser pagado dentro de los treinta (30) días, contados a partir de la recepción de la notificación de pago del impuesto y entregado el pliego sucesoral.Importante:Vencido este plazo, serán aplicados los recargos por mora e intereses indemnizatorios establecidos en el Art. 252 del Código Tributario.
(Editado)
Solución oficial
Jorgelina Quiñones
478 Mensajes
hace 7 años
El impuesto sucesoral debe ser pagado dentro de los treinta (30) días, contados a partir de la recepción de la notificación de pago del impuesto y entregado el pliego sucesoral.
Importante:
Vencido este plazo, serán aplicados los recargos por mora e intereses indemnizatorios establecidos en el Art. 252 del Código Tributario.
(Editado)
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