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Sobre la Notificacion Electronica de Irregularidades
Hola, mi empresa no esta operando hace meses pero tenia el pago de Itbis pendiente y IR2 (desconozco mucho porque lo lleva un contable) busque el contable nueva vez para que el pago pendiente lo ponga al dia y veo un correo en la OFV de Junio sobre una notificacion de irregularidades referente a ACT/2022 y dice que debia presentarme no mayor a 5 dias de haberla recibido y justo la acabo de leer. La persona que realiza la contabilidad ya coloco todo los pagos al dia y en regla... ¿De igual manera debo de pasar? ¿Me causa algun problema haber visto esa notificacion semanas despues?
¿Si ya no estoy operando de igual manera se debe de llenar los formulario mes tras mes aunque sea en 0 para poder mantenerse al dia o existe algun metodo de cancelar y colocar empresa sin operacion?
Agradezco desde ya su pronta respuesta.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.9K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Elizabeth. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, de igual manera debe comparecer para firma un detalle de citación, hacer constar que leyó la notificación y subsanó las irregularidades que le fueron notificadas.
Con relación a su segunda interrogante, contamos con la figura del Cese Temporal, mediante la cual puede solicitar inactivación por un período de hasta 3 años. Dispone de dos vías para realizar esta solicitud, tanto la virtual como presencial.
A través de la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:
De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
Importante:
Tiempo de Respuesta: 15 días laborables.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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