martes, 4 de julio de 2023

Cerrado

Sobre la Notificacion Electronica de Irregularidades

Hola, mi empresa no esta operando hace meses pero tenia el pago de Itbis pendiente y IR2 (desconozco mucho porque lo lleva un contable) busque el contable nueva vez para que el pago pendiente lo ponga al dia y veo un correo en la OFV de Junio sobre una notificacion de irregularidades referente a ACT/2022 y dice que debia presentarme no mayor a 5 dias de haberla recibido y justo la acabo de leer. La persona que realiza la contabilidad ya coloco todo los pagos al dia y en regla... ¿De igual manera debo de pasar? ¿Me causa algun problema haber visto esa notificacion semanas despues?

¿Si ya no estoy operando de igual manera se debe de llenar los formulario mes tras mes aunque sea en 0 para poder mantenerse al dia o existe algun metodo de cancelar y colocar empresa sin operacion?

Agradezco desde ya su pronta respuesta.

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Solución oficial

Buenos días, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, de igual manera debe comparecer para firma un detalle de citación, hacer constar que leyó la notificación y subsanó las irregularidades que le fueron notificadas.

 

Con relación a su segunda interrogante, contamos con la figura del Cese Temporal, mediante la cual puede solicitar inactivación por un período de hasta 3 años. Dispone de dos vías para realizar esta solicitud, tanto la virtual como presencial.

 

A través de la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Solicitudes seleccione la opción Cese Temporal.
  3. Complete los campos requeridos: fecha de inicio, fecha fin y motivo del cese.
  4. Coteje el campo para adjuntar documentación soporte (no obligatorio), acepte los términos y condiciones y presione el botón Guardar.

De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02).
  2. Carta de solicitud indicando la fecha de inicio y fin del cese de operaciones.

Importante:

  • El cese temporal de operaciones es cuando un contribuyente, ya sea una persona física, jurídica o ISFL, decide suspender sus actividades por un tiempo determinado, el cual no podrá ser mayor a tres (3) años. Una vez vencido el plazo aprobado para estar en cese, el RNC será reactivado automáticamente.
  • Puede solicitar un cese de operaciones de manera retroactiva, para lo cual no debe tener reporte de terceros.
  • Previo a la realización de la solicitud de cese, la Declaración Jurada de Renta o la Declaración Jurada de Instituciones Sin Fines de Lucro marcada como cese debe ser presentada de manera presencial.
  • Después de aprobado el cese debe seguir presentando la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta (ISR) o ISFL anualmente de manera informativa y continuar pagando el Impuesto Sobre los Activos, según corresponda.
  • Mientras se encuentre en cese, no podrá realizar ninguna actividad económica. En caso de que sea detectado algún movimiento comercial se levantará el cese.
  • Las empresas que tengan sometido un recurso contencioso pueden solicitar un Cese Temporal de Operaciones.
  • La DGII podrá requerir documentos adicionales, según considere necesario.

Tiempo de Respuesta: 15 días laborables.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.