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jueves, 8 de agosto de 2024 16:14

Cerrado

Inversión de una constructora en el extranjero a una en territorio nacional

Buenas Tardes,

Una constructora en USA puede invertir en un proyecto elaborado por una constructora en República Dominicana? Que proceso habria que hacer y cuales consideraciones hay que tomar en cuenta.

Gracias de antemano

Buenas tardes, Liz. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su solicitud, le informamos que, para poder ayudarle debe especificarnos mejor su consulta o requerimiento, la constructora de estados unidos va a comprar los inmuebles, o va a invertir en una constructora de república dominicana para un proyecto, a fin de que podamos entenderle bien e informarle de manera concreta y correcta.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

2 Mensajes

la constructora en USA va a invertir en la elboración de los apartamentos para luego que se efectue la venta de dichos apartamentos dividir las ganancias de los mismos.

Buenas tardes, Liz. ¡Gracias por contactarnos!

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

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Buenas tardes, Liz. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su inquietud, le indicamos que, para obtener una información puntual a su pregunta, deberá realizar una consulta técnica en esta Dirección General; para la misma deberá depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:


1. Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado). 

 

Tiempo de respuesta: 22 días laborables.

 

Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

 

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