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COMPRAS Y VENTAS GRAVADAS Y EXENTAS
Buenos dias,
Si una Persona Jurídica va a vender productos gravados y exentos, y tiene gastos por la compra de productos con y sin Itbis como debe reportar en el 606 para saber correctamente que debe deducir y que no?
Con relación a las ventas que serán gravadas y exentas como debe declararse en el 607 para saber que Itbis pagar?
Agradeceria mucho su ayuda.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.8K Mensajes
hace 3 años
Buenas tardes, Jeydi. Gracias por contactarnos.
Para reportar facturas exentas de ITBIS en el Formato 606, solo debe colocar las informaciones de esta sin completar las columnas correspondientes a dicho impuesto.
En caso de facturas con productos exentos y gravados debe (además de completar las casillas correspondientes) llenar las casillas que corresponden al ITBIS, en el formato 607, con el impuesto facturado.
Le exhortamos a consultar los instructivos del Formato 606 y 607 ingresando a los siguientes enlaces:
· http://ms.spr.ly/61213p7HEb
· http://ms.spr.ly/61211bSrjT
· Instructivo ITBIS Deducible por Aplicación de la Proporcionalidad:
http://ms.spr.ly/61212bSrjp
· Instructivo LLENADO IT-1 2020 (http://ms.spr.ly/61214bSrjn)
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61215bSrjX)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61218bSrjw
Es un placer servirle.
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