Buenas tardes, Lisselott. Si la transferencia anterior no ha sido realizada, debes pagar una doble transferencia (6%) y aportar los documentos para cada una. En estos casos, el cobro del impuesto se realiza por el valor actual del inmueble.
Puedes visualizar los documentos necesarios, ingresando mediante este enlace:
Importante: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referentes a la asistencia presencial en nuestras oficinas (requerimientos mediante citas), por lo que, te exhortamos consultar el Aviso 63-20:
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
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Solución oficial
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hace 5 años
Puedes visualizar los documentos necesarios, ingresando mediante este enlace:
https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca947-cuales-documentos-necesito-para-realizar-la-transferenci...
Importante: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referentes a la asistencia presencial en nuestras oficinas (requerimientos mediante citas), por lo que, te exhortamos consultar el Aviso 63-20:
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/63-20.pdf
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
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