CA4108 ¿Qué deben hacer los agentes de retención designados en la Norma General
07-19 para remitir el archivo con las informaciones de las retenciones
realizadas?
Para realizar el envío del archivo con las informaciones de las retenciones realizadas, los agentes de retención designados en la Norma General 07-19 deben seguir estos pasos:
Paso I:
Descargue e instale el Validador Norma 07-2019 disponible en la opción Herramientasde nuestro portal web.
Abra la aplicación y seleccione Jurídica (en caso de 1%) o Física (en caso del 10%) según corresponda.
Arrastre el archivo que previamente ha creado atendiendo a las disposiciones establecidas en el artículo 4 de la Norma General 07-19.
Visualizará en pantalla un mensaje indicándole que el proceso fue terminado y la ruta donde se encuentra el archivo zip generado.
Paso II:
Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
En el menú Formatos de Envíos, seleccione la opción Carga de Archivo Norma 07-19.
En Tipo de Documento, seleccione Jurídica o Física/Jurídica No Residente, según aplique.
Complete la casilla Periodo con el Año y Mes a presentar.
Adjunte el archivo zip generado por el Validador Norma 07-2019 y pulse la opción Enviar.
Visualizará un mensaje indicándole que el archivo ha sido subido con éxito.
Importante:
La opción para remitir este archivo solo está habilitada para las entidades financieras que tenga las actividades económicas de: Bancos Múltiples, Asociaciones de Ahorros y Préstamos, Bancos de Ahorros y Créditos y Corporaciones de Crédito.
Los contribuyentes que no posean la opción habilitada del Archivo Norma 07-19 en su OFV deben solicitar que la misma sea activada depositando una carta de solicitud ante su administración local.
Solución oficial
JRS
569 Mensajes
hace 5 años
Para realizar el envío del archivo con las informaciones de las retenciones realizadas, los agentes de retención designados en la Norma General 07-19 deben seguir estos pasos:
Paso I:
Paso II:
Importante:
Tiempo de respuesta:
Inmediato.
Costo:
N/A.
Quienes deben remitir:
Agentes de retención designados en la Norma General 07-19.
Cuando remitir:
A más tardar el día 10 del mes siguiente al que se realizó el pago de los intereses.
Base Legal:
Norma General 07-19, Ar. 4.
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