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lunes, 19 de agosto de 2019 19:47

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CA4108 ¿Qué deben hacer los agentes de retención designados en la Norma General 07-19 para remitir el archivo con las informaciones de las retenciones realizadas?

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Solución oficial

569 Mensajes

hace 5 años


Para realizar el envío del archivo con las informaciones de las retenciones realizadas, los agentes de retención designados en la Norma General 07-19 deben seguir estos pasos:

 

Paso I:

  1. Descargue e instale el Validador Norma 07-2019 disponible en la opción Herramientas de nuestro portal web.
  2. Abra la aplicación y seleccione Jurídica (en caso de 1%) o Física (en caso del 10%) según corresponda.
  3. Arrastre el archivo que previamente ha creado atendiendo a las disposiciones establecidas en el artículo 4 de la Norma General 07-19.
  4. Visualizará en pantalla un mensaje indicándole que el proceso fue terminado y la ruta donde se encuentra el archivo zip generado.

Paso II:

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Formatos de Envíos, seleccione la opción Carga de Archivo Norma 07-19.
  3. En Tipo de Documento, seleccione Jurídica o Física/Jurídica No Residente, según aplique.
  4. Complete la casilla Periodo con el Año y Mes a presentar.
  5. Adjunte el archivo zip generado por el Validador Norma 07-2019 y pulse la opción Enviar.
  6. Visualizará un mensaje indicándole que el archivo ha sido subido con éxito.

Importante:

  • La opción para remitir este archivo solo está habilitada para las entidades financieras que tenga las actividades económicas de: Bancos Múltiples, Asociaciones de Ahorros y Préstamos, Bancos de Ahorros y Créditos y Corporaciones de Crédito.

  • Los contribuyentes que no posean la opción habilitada del Archivo Norma 07-19 en su OFV deben solicitar que la misma sea activada depositando una carta de solicitud ante su administración local.

Tiempo de respuesta:

Inmediato.

Costo: 
N/A.

Quienes deben remitir: 
Agentes de retención designados en la Norma General 07-19

Cuando remitir: 
A más tardar el día 10 del mes siguiente al que se realizó el pago de los intereses.

Base Legal:

Norma General 07-19, Ar. 4.

(Editado)