Las sociedades que no tienen la obligación de transformarse son:
Las sociedades extranjeras.
Las sociedades de hecho y participación.
Las sociedades constituidas bajo los tipos y criterios establecidos en la
Ley No. 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de
Responsabilidad Limitada y sus posteriores modificaciones.
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Solución oficial
eccd
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hace 3 años
Ley No. 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de
Responsabilidad Limitada y sus posteriores modificaciones.
Nota:
En caso de que las sociedades de hecho, accidentales
o en participación decidan transformarse, deben cumplir con el procedimiento
establecido para esos fines.
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