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jueves, 4 de enero de 2018 22:45
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CA401 ¿Qué necesito para solicitar la disolución o cese definitivo de Personas Jurídicas?
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Pregunta
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Actualizada
hace 1 año
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Respuestas
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Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 7 años
Para solicitar la disolución o cese definitivo como Persona Jurídica debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según corresponda:
Sociedades Comerciales (SA, SRL, EIRL, SAS, Empresas Extranjeras y Zonas Francas):
Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Personas Jurídicas o Entes sin Personalidad Jurídica (RC-02) llenado, sellado y firmado con los anexos correspondientes.
La Declaración Jurada Anual de Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) marcada como final debe ser presentada con anterioridad a la disolución y de manera presencial en la Administración Local a la que pertenece, dentro de los 60 días hábiles posteriores a la cesación del negocio*. Así como también debe estar presentada la Declaración Jurada de Activos del año en que se disuelve y el impuesto saldado en un pago único y la Declaración de la Contribución Especial para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.
No debe haber solicitado comprobantes fiscales posterior a la disolución y debe estar al día en las declaraciones de impuestos.
Sociedades de Hecho y Participación:
La Declaración Jurada Anual de Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) marcada como final debe ser presentada con anterioridad a la disolución y de manera presencial en una Administración Local, dentro de los 60 días hábiles posteriores a la cesación del negocio*. Así como también debe estar presentada la Declaración Jurada de Activos del año en que se disuelve y el impuesto saldado en un pago único y la Declaración de la Contribución Especial para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.
No debe haber solicitado comprobantes fiscales posterior a la disolución y debe estar al día en las declaraciones de impuestos.
Consorcios:
La Declaración Jurada Anual de Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) marcada como final debe ser presentada con anterioridad a la disolución y de manera presencial en una Administración Local, dentro de los 60 días hábiles posteriores a la cesación del negocio*. Así como también debe estar presentada la Declaración Jurada de Activos del año en que se disuelve y el impuesto saldado en un pago único y la Declaración de la Contribución Especial para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.
No debe haber solicitado comprobantes fiscales posterior a la disolución y debe estar al día en las declaraciones de impuestos.
Importante:
* Este periodo está comprendido desde el próximo día a la fecha final de su último ejercicio fiscal hasta la fecha de la disolución.
Patrimonios separados de compañías titularizadoras:
La Declaración Jurada Anual de Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) marcada como final debe ser presentada con anterioridad a la disolución y de manera presencial en la Administración Local a la que pertenece, dentro de los 60 días hábiles posteriores a la cesación del negocio*. Así como también debe estar presentada la Declaración de la Contribución Especial para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.
Fondos de Inversión
La Declaración Jurada Anual de Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) marcada como final debe ser presentada con anterioridad a la disolución y de manera presencial en la Administración Local a la que pertenece, dentro de los 60 días hábiles posteriores a la cesación del negocio*. Así como también debe estar presentada la Declaración de la Contribución Especial para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.
Cooperativas:
Entidades Católicas:
Instituciones Sin Fines de Lucro y Demás Entidades Religiosas, no Católicas:
La Declaración Jurada de Instituciones sin Fines de Lucro (ISFL) debe ser presentada con anterioridad a la disolución y de manera presencial en una Administración Local, dentro de los 60 días hábiles posteriores a la cesación del negocio* Así como también debe estar presentada la Declaración de la Contribución Especial para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.
* Este periodo está comprendido desde el próximo día a la fecha final de su último ejercicio fiscal hasta la fecha de la disolución.
Los activos de la entidad deben ser liquidados (vehículos, inmuebles y acciones en otras sociedades).
Entidades Estatales:
Debe estar al día con sus deberes formales como entidad estatal.
Tiempo de respuesta: 25 días laborables.
Patrimonios separados de compañías titularizadoras y fondo de inversión: 35 días laborables.
Importante:
En el caso de las sociedades de inversión, para solicitar la disolución deben depositar los documentos atendiendo a su tipo societario.
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