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lunes, 10 de mayo de 2021

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CA4561 ¿Cuáles incentivos fiscales otorga la Ley 225-20 de gestión integral y coprocesamiento de residuos de la República Dominicana?

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Solución oficial

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hace 5 años

Los incentivos y beneficios a los que podrán acogerse las personas jurídicas que inviertan en plantas de valorización tanto material como energética, incluyendo procesamiento, serán los siguientes:

  1. Exoneración por un período de cinco años del cien por ciento (100%) del Impuesto Sobre la Renta, excluyendo los dividendos.
  2. Exoneración del cien por ciento (100%) del Impuestos a los Activos por un período de cinco años.
  3. Exoneración del cien por ciento de los aranceles y del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) de las maquinarias y equipos necesarios para sus operaciones.

Importante:

  • Podrán optar por los estos incentivos, las personas jurídicas con las actividades económicas descritas en el artículo 43 de la Ley 225-20. 
  • Para beneficiarse de estas exenciones fiscales, debe tramitar su solicitud a través del Ministerio de Hacienda y Economía, quienes posteriormente  referirán la autorización correspondiente a la DGII para que sea procesada.

Base Legal:

Ley 225-20, Art. 44; Ley 225-20, Art. 44; Ley 45-25.
  

(Editado)