No, los formatos de envío de datos son de carácter informativo, por lo que la remisión de estos fuera de la fecha límite no genera recargos e intereses. Sin embargo, es susceptible de la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 257 del Código Tributario.
Consideraciones Importantes: Las informaciones contenidas en los formatos de envío es considerada como parte integral de las declaraciones del Impuesto Sobre la Renta y del ITBIS, por lo que la presentación tardía de estos formatos y como consecuencia de las declaraciones juradas, pudiera incurrir en recargos por mora e interés indemnizatorio sobre el impuesto a pagar en caso de generarse.
Base Legal: Ley 11-92, título I; Norma General 07-18, Art.11.
Solución oficial
APC .
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Consideraciones Importantes:
Las informaciones contenidas en los formatos de envío es considerada como parte integral de las declaraciones del Impuesto Sobre la Renta y del ITBIS, por lo que la presentación tardía de estos formatos y como consecuencia de las declaraciones juradas, pudiera incurrir en recargos por mora e interés indemnizatorio sobre el impuesto a pagar en caso de generarse.
Base Legal: Ley 11-92, título I; Norma General 07-18, Art.11.
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