3 Mensajes
Retribuciones Complementarias
Buenas Tardes! tengo una duda, si un empleador le paga directamente a la aseguradora el seguro de un empleado para su beneficio, aplicaría lo que es la Retribución Complementaria???? tomando en cuenta que este es el único empleado que tenemos.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.9K Mensajes
hace 3 años
Buenas tardes, Marcia. Gracias por contactarnos.
En atención al caso que nos plantea, le informamos que, se consideran Retribuciones Complementarias las primas de seguro personal de vida y salud, los aportes a planes de seguridad social y otros conceptos similares en la medida que excedan los niveles fijados por la Ley o por convenios colectivos de trabajo.
Importante: la base para el cálculo del Impuesto será la suma de todos los gastos imputados por los conceptos mencionados.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
1