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RETENCIÓN PAGO EXTERIOR
Buenos Días, Somos una empresa española del sector eólico, estamos prestando un servicio en República Dominicana para una empresa con sede en República Dominicana, los trabajados se prolongaran como cuatro meses. Por estos servicios, que son de instalación y montaje de aerogeneradores en un proyecto de un parque eólico, ¿en los pagos al extranjero nos tienen que aplicar alguna retención? Un Saludo,
Solución oficial
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hace 6 años
1. Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Importante: el consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Solución oficial
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4.8K Mensajes
hace 6 años
Importante: para conocer cuales administraciones locales se encuentran cercanas a ti, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
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Deisi Gonzalez
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hace 6 años
Los pagos por servicios remitidos al exterior se encuentran sujetos, con carácter de pago único y definitivo, a la retención del 27% por concepto de Impuesto Sobre la Renta. Dichos pagos al no estar amparados en un comprobante fiscal, deben ser remitidos a través del Formato 609 dentro de los primeros 20 días del mes siguiente al de la facturación del bien o servicio.
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Deisi Gonzalez
126 Mensajes
hace 6 años
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Elena
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hace 6 años
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Elena
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hace 6 años
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