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Reembolso Gastos Educativos
Soy encargada de planillas y necesito saber como realizar el reintegro de los gastos educativos que presentan los empleados.
Debo depositarles en sus cuentas el importe reflejado en la casilla "Saldo a Favor" del formulario IR-18?
En qué momento la DGII aplica estas devoluciones en la IR-3 de la empresa? Debo realizar algún proceso para que se reflejen estas devoluciones?
Debo depositarles en sus cuentas el importe reflejado en la casilla "Saldo a Favor" del formulario IR-18?
En qué momento la DGII aplica estas devoluciones en la IR-3 de la empresa? Debo realizar algún proceso para que se reflejen estas devoluciones?
Solución oficial
Vileysi Soto
502 Mensajes
hace 5 años
La DGII le desembolsará el valor pagado a sus empleados por concepto de saldo a favor en su cuenta corriente para que sea utilizado como un crédito en la Declaración Jurada Mensual de Retenciones de Asalariados (IR-3) correspondiente al mes de marzo que sigue a la presentación del IR-18 de cada año.
Puedes consultar los saldos a favor generados por sus empleados siguiendo estos pasos:
1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
2. En el menú Empleador, seleccione la opción Consulta Saldos IR-18.
3. Visualizará en pantalla un resumen del saldo a favor de cada uno de sus empleados que se acogió a la Ley 179-09.
No existe una fecha límite para que el empleador efectúe el reembolso del saldo a favor por concepto de gastos educativos a un asalariado, ya que esta condición no se encuentra estipulada en la Ley 179-09 ni en la Norma General 06-2009.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Carla Aguilar
4 Mensajes
hace 5 años
Solo para confirmar, este saldo a favor de la compañia se vería reflejado en el formulario IR-3 del mes de Marzo, bajo la línea 13 Credito Gastos Educativos IR-18?
Qué debo hacer para que esto ocurra?
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