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Consulta sobre deducibilidad de gastos educativos internacionales relacionados con capacitación de personal
Buen día,
Somos una empresa dedicada a servicios veterinarios y nutrición animal, debidamente registrada ante la DGII. Actualmente, tenemos una empleada veterinaria que trabaja en el área de nutrición dentro de nuestra empresa, y hemos decidido patrocinarle una maestría de dos años en el área de Nutrición Animal en una universidad fuera del país, por solicitud y necesidad de la empresa para su desarrollo profesional y mejora de nuestras operaciones.
Queremos confirmar si los siguientes pagos que realizaremos pueden ser considerados como gastos deducibles del Impuesto Sobre la Renta (ISR), y cómo deben ser registrados:
Pago de matrícula y programa académico en la universidad extranjera (factura a nombre de la empresa).
Gastos de alojamiento, manutención (dieta) y transporte durante la duración del estudio, cubiertos por la empresa como parte del apoyo al empleado.
Se firmará un contrato con la empleada, comprometiéndose a continuar en la empresa por al menos 2 años luego de finalizar sus estudios.
También solicitamos orientación sobre:
Si dichos pagos pueden considerarse como gastos de capacitación del personal conforme al artículo 287 del Código Tributario.
Si es necesario practicar alguna retención de impuestos al momento del pago al exterior (en este caso, institución educativa y no servicios técnicos).
Qué documentación soporte debemos conservar para respaldar este gasto ante una eventual fiscalización.
Si debemos declarar estos gastos en el IR-2 (Anexo B), aunque no se reporten en el Formato 606 al tratarse de proveedor extranjero.
Agradecemos mucho su orientación para asegurar el cumplimiento adecuado de las normas fiscales vigentes.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 5 meses
Buenas tardes, Andreina. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su caso, por ser una situación particular, le recomendamos canalizar el mismo directamente ante el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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