martes, 14 de mayo de 2019

Cerrado

porno pagar los años 2010 y 2011 me pueden embargar ayuda¡¡¡¡¡¡

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Solución oficial

hace 6 años

Buenas tardes faby, esta Dirección General tiene facultad para realizar embargos cuando exista riesgo para la percepción del pago de los créditos tributarios o de las sanciones pecuniarias por infracciones, según lo establecido en el título I del Código Tributario.


Te recomendamos dirigirte directamente donde tu Oficial de Control en la Administración Local que te corresponde, a fin de que el mismo realice las verificaciones de lugar y te oriente sobre cómo proceder con relación a tu caso.


Importante: Para conocer a cuál Administración Local perteneces y tu oficial de control, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII  al teléfono 809-689-3444 y desde el interior sin cargos al 1-809-200-6060, de Lunes a Viernes de 8:00 am a 5:00 pm.

Puedes consultar el siguiente enlace https://dgii.gov.do/legislacion/codigoTributario/Documents/Titulo1.pdf
 
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 6 años

Buenas tardes Fabry, saluos

1ra. Alternativa - Puedes proceder con la solicitud del descuento del 100% de los recargos por mora para las deudas menor al año 2012 inclusive, en ese caso de realizar un pago único. En ese caso estarás pagando de forma exclusiva el interés indemnizatorio de ambos años, más los importes pendientes de ambos años.

2da. Alternativa - Es la de llegar a un acuerdo de pago a 6 cuotas como máximo, en ese caso te harán un descuento de un 70% de los recargos por mora, estaría pagando las deudas pendientes de los años 2010 y 2011, más los intereses acumulados hasta esa fecha y el 30% de los recargos por mora.

3ra. Alternativa - Es la de solicitar un acuerdo de pago a 12 cuotas como máximo, en ese caso te harán un descuento de un 50% de los recargos por mora, estaría pagando las deudas pendientes de los años 2010 y 2011, más los intereses acumulados hasta esa fecha y el 50% de los recargos por mora.

Sin otro particular, se despide

Cordialmente,


Luis Felipe
Colaborador Comunidad de Ayuda DGII

hace 6 años

Faby, verifica si estás dentro de plazo para invocar la prescripción.