martes, 12 de agosto de 2025

Cerrado

RETENCIONES EN EL RST

Buenas tardes,

Tengo una factura de un proveedor persona física que está en el RST, la factura es del mes de julio tiene retención del 100% de Itbis y el 10% de ISR, el pago se hizo en el mes de agosto.

Tengo entendido que las retenciones se generan en el momento del pago.

En este caso como reporto las retenciones?

Si no la reporto en el mes en que fue emitida la factura no me permite compensarme el Itbis.

Saludos.

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Solución oficial

Buenos días, Rosmery. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe reportar en el Formato de Julio su compra a crédito y debe colocar la retención del 100% del ITBIS, en agosto volverá a colocar la factura en su formato y le agregara la fecha de pago que corresponderá a agosto y colocara la retención de ISR que realizo.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.

Buen día,

Gracias por la información.

Entonces, voy a tener en un mes la retención del Itbis y en otro mes la retención de ISR?

Saludos.

Buenos días, Rosmery. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si el contribuyente está acogido al RST, sí.


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hace 4 meses

Saludos

Segun indicas la factura es del mes de julio, mes vigente del IT-1 a reporta al 20 de agosto.

Solo debes completar las casilla 7 (fecha de pago) y las correspondientes a dichas retenciones en tu 606