sábado, 7 de septiembre de 2019

Cerrado

Para traer un vehiculo de PR que es clasico

Que tengo que hacer
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Solución oficial

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hace 6 años

Buenos días,
Para recibir orientación sobre el costo al importar un vehículo te recomendamos contactar a la Dirección General de Aduanas (DGA) al teléfono (809) 547-7070, de manera que puedas obtener la información que solicitas.
 
Para solicitar la primera placa de un vehículo importado, debes depositar en la estafeta de la DGII ubicada en el puerto de embarque que recibió el vehículo, los siguientes documentos:
 
1. Carta de solicitud firmada que indique los datos de la persona autorizada a retirar la placa [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada].
2. Copia del título de propiedad del país de origen del vehículo o facture comercial.
3. Poder notariado y legalizado (aplica en caso de ser un apoderado quien realice el trámite).
4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona que está solicitando la placa.
5. Copia del SIGA (planilla de liquidación de los impuestos aduanales).
6. Copia del recibo de pago de la DGA.
7. Copia de la Declaración Única Aduanera (DUA).
8. Copia del Bill of Lading (BL o conocimiento de embarque).
9. Certificación del CO2 o documento del fabricante que contenga dicha información (opcional).
 
Costo del Servicio:
 
*17%  del valor CIF (costo, seguro y flete) declarado en aduanas.
* El valor del marbete según la tarifa vigente.
* El valor correspondiente al porcentaje de emisión de CO2.

La tasa a pagar por el impuesto a la emisión de CO2 dependerá de los gramos por kilómetro que haya emitido el vehículo, la misma se aplica sobre el valor CIF (costo, seguro y flete) declarado en la Dirección General de Aduanas (DGA) según se detalla a continuación:
 
• Emisiones inferiores a 120g CO2 / Km = 0%
• Emisiones mayores a 120 y hasta 220 g CO2 / Km = 1%
• Emisiones mayores a 220 y hasta 380 g CO 2 / Km = 2%
• Emisiones superiores a 380 g CO2 / Km = 3%
 
Consideraciones Importantes:
Los vehículos nuevos o usados que no tengan la referencia de su valor de emisión de CO2 en la documentación suministrada por el fabricante, ni en la tabla de valores de emisión de CO2 de la DGII, se les aplicará la tasa del 3% establecida en el Art. 16 de Ley 253-12.

Nota:
Estas solicitudes son atendidas de manera inmediata.
Estos documentos aplican para motocicletas, remolques y four wheels.
Los remolques y las motocicletas se encuentran exentas del pago a la emisión de CO2.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!