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IR2 CERRADO PERO ME FALTARO INCLUIR ALGUNAS FACTURAS DE VENTAS EN EL 607 E IT1
Hola
Cliente olvido tres facturas de ventas y quiere enviarlas en su 607. Debe rectificar esos meses del IT1, y tambien debe rectificar el IR2 si ya proceso todo?
La inquietud es si esto se puede hacer por la OFV o debe ir a fisicamente a DGII?
Solución oficial
Patricia Suriel
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hace 4 años
Buenas tardes. Gracias por escribirnos.
Debe rectificar el formato de envío y las declaraciones IT-1 e IR-2.
El Formato de Ventas de Bienes y Servicios (607) puede rectificarlo por la Oficina Virtual, basta con enviar el archivo corregido nuevamente.
Para rectificar realizar una rectificativa del IT-1 a través de la Oficina Virtual, debe seguir estos pasos:
1.Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
2.En el menú Declaraciones Juradas, seleccione la opción Declaraciones Rectificativas y escoja el formulario IT-1.
3.Digite el año y escoja el mes de la declaración que desea rectificar y presione el botón Continuar.
4.Complete las casillas del formulario IT-1 con las informaciones correspondientes y presione el botón Enviar Documento.
5.El sistema le preguntará si está seguro de enviar el documento, debe pulsar la opción OK.
Consideraciones Importantes
En caso de no cumplir con alguna de estas condiciones, la rectificativa de esta declaración debe realizarse de manera presencial según lo indicado debajo.
En cuanto a la declaración jurada IR-2 o la declaración IT-1 cuando esta última no cumple con las condiciones especificadas en párrafos anteriores, deben rectificarse de manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local que le corresponde, los siguientes documentos:
1.Formulario de Solicitud de Rectificativa (FI-ADML-012) llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado].
2.Formulario de la declaración jurada que se desea rectificar en original y copia, llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado].
3.Documentos que soporten la solicitud de rectificativa.
4.Carta de autorización firmada [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada] (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).
Consideraciones Importantes
Puede visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario establecido (lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.), tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestro aviso, por favor acceder en este enlace: https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/64-20.pdf
Para visitar algunas Administraciones Locales es necesario solicitar una cita vía al correo electrónico, le recomendamos visualizar el proceso en el siguiente enlace: https://ayuda.dgii.gov.do/conversations/facilidades-para-el-cumplimiento-tributario-de-los-contribuyentes-ante-el-impacto-econmico-del-coronavirus-covid19/ca-4380-cmo-puedo-solicitar-una-cita-para-realizar-servicios-presenciales-en-impuestos-internos/5f3c17d28cd858ce87ac9ac8
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
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