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jueves, 6 de mayo de 2021 21:01

Cerrado

IR2 CERRADO PERO ME FALTARO INCLUIR ALGUNAS FACTURAS DE VENTAS EN EL 607 E IT1

Hola

Cliente olvido tres facturas de ventas y quiere enviarlas en su 607. Debe rectificar esos meses del IT1, y tambien debe rectificar el IR2 si ya proceso todo?

La inquietud es si esto se puede hacer por la OFV o debe ir a fisicamente a DGII?

Solución oficial

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hace 4 años

Buenas tardes. Gracias por escribirnos.

Debe rectificar el formato de envío y las declaraciones IT-1 e IR-2.

El Formato de Ventas de Bienes y Servicios (607) puede rectificarlo por la Oficina Virtual, basta con enviar el archivo corregido nuevamente.

Para rectificar realizar una rectificativa del IT-1 a través de la Oficina Virtual, debe seguir estos pasos:

1.Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.

2.En el menú Declaraciones Juradas, seleccione la opción Declaraciones Rectificativas y escoja el formulario IT-1.

3.Digite el año y escoja el mes de la declaración que desea rectificar y presione el botón Continuar.

4.Complete las casillas del formulario IT-1 con las informaciones correspondientes y presione el botón Enviar Documento.

5.El sistema le preguntará si está seguro de enviar el documento, debe pulsar la opción OK.

Consideraciones Importantes 

En caso de no cumplir con alguna de estas condiciones, la rectificativa de esta declaración debe realizarse de manera presencial según lo indicado debajo.

  • Las rectificativas de ITBIS realizadas por esta vía deben ser de periodos no vigentes y las mismas se deben efectuar en orden de períodos, desde el más antiguo hasta el más reciente.
  • Las rectificativas del IT-1 realizadas por la Oficina Virtual pueden ser eliminadas solo el mismo día (hasta las 11:59 pm) en que son procesadas. Si pasado este tiempo detecta algún error, lo que procede es rectificar nuevamente.
  • Puede modificar las informaciones remitidas en el Anexo A, siempre y cuando no haya enviado el formulario IT-1.

En cuanto a la declaración jurada IR-2 o la declaración IT-1 cuando esta última no cumple con las condiciones especificadas en párrafos anteriores, deben rectificarse de manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local que le corresponde, los siguientes documentos:

1.Formulario de Solicitud de Rectificativa (FI-ADML-012) llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado].

2.Formulario de la declaración jurada que se desea rectificar en original y copia, llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado].

3.Documentos que soporten la solicitud de rectificativa.

4.Carta de autorización firmada [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada] (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).

Consideraciones Importantes

  • Las solicitudes de rectificativas de declaraciones mensuales podrán ser recibidas por el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central dentro de los primeros cinco (5) posteriores a la fecha límite de presentación. Pasada esta fecha, el contribuyente debe dirigirse a su Administración Local.
  • Las solicitudes de rectificativas de las declaraciones anuales se pueden recibir en cualquier fecha.
  • Cuando se trate de rectificativas del IR-2, debe depositar el dictamen del auditor (anexo f).
  • En los casos de rectificativa de IR-17 siempre y cuando se afecte la partida del 1% deberá de rectificar primero el archivo de la norma 07-19, esto aplica indistintamente el cambio sea cambio en montos o datos.

Puede visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario establecido (lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.), tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestro aviso, por favor acceder en este enlace:  https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/64-20.pdf

Para visitar algunas Administraciones Locales es necesario solicitar una cita vía al correo electrónico, le recomendamos visualizar el proceso en el siguiente enlace: https://ayuda.dgii.gov.do/conversations/facilidades-para-el-cumplimiento-tributario-de-los-contribuyentes-ante-el-impacto-econmico-del-coronavirus-covid19/ca-4380-cmo-puedo-solicitar-una-cita-para-realizar-servicios-presenciales-en-impuestos-internos/5f3c17d28cd858ce87ac9ac8

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.