Perfil de Eliana Castillo

martes, 2 de enero de 2018 16:22

Cerrado

CA3715 ¿Con cuáles condiciones debo cumplir para poder realizar una rectificativa del IT-1 a través de la Oficina Virtual?

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Solución oficial

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hace 7 años

Para rectificar el IT-1 a través de  la OFV debe cumplir con las siguientes condiciones:

  1. Que la rectificativa sea para incrementar ingresos gravados, disminuir adelantos o disminuir saldos a favor.
  2. Que el período a rectificar no se encuentre en: Acuerdo de Pago (AP), Cobro Coactivo (CC) o esté marcado con un Recurso de Reconsideración o Recurso Contencioso  (RR o RC). 
  3. Que el periodo a rectificar no haya sido rectificado previamente por la administración.
  4. Que la declaración original no haya sido presentada por estimación.
  5. No debe poseer casos de fiscalización interna o externa que afecten el ITBIS en el SECCON y en el CAU y que hayan sido notificados, aunque no coincidan los períodos.
  6. Que los períodos a rectificar no estén prescritos, es decir, que no superen los tres años desde la fecha de vencimiento de la presentación del impuesto.
  7. Que no posea una declaración de amnistía digitada y con estatus OK.
  8. Debe realizar cambios en la declaración, es decir, debe modificar valores. 

(Editado)