viernes, 24 de febrero de 2023 17:38

Cerrado

Factura B02

Ya las facturas, B02 se pueden eliminar o votar. Y si no se puede cuanto tiempo se pueden almacénar.

Solución oficial

Buenas tardes, Paolis. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, informamos que, todos los contribuyentes sin excepción deben conservar en formato físico o electrónico sus libros de contabilidad, libros y registros especiales, recibos o comprobantes de pago, así como cualquier otro documento relacionado con sus operaciones y actividades, por un período de diez (10) años, en virtud de lo establecido en el literal h) del citado artículo 50 del Código Tributario, siempre que dichos comprobantes de pago cumplan con los requisitos de ley, es decir, las características establecidas en los Artículos 7 y 8 del Decreto núm. 254-06 que promulga el Reglamento para la Regulación de la Impresión, Emisión y Entrega de Comprobantes Fiscales, de fecha 19 de junio de 2006.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

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