En el caso de transferencias parciales, el impuesto será aplicado en base a la proporción vendida.
La transferencia de un inmueble debe ser realizada dentro de los seis (6) meses contados a partir de la elaboración del acto de transferencia de la propiedad. De no realizarse en este plazo, se te aplicarán los recargos e intereses establecidos por el Código Tributario.
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Solución oficial
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hace 5 años
Puedes realizar el cálculo ingresando a nuestro Portal Web DGII mediante el siguiente enlace:
https://dgii.gov.do/servicios/calculadoras/Paginas/Transferencia-Inmobiliaria.aspx
Importante:
En el caso de transferencias parciales, el impuesto será aplicado en base a la proporción vendida.
La transferencia de un inmueble debe ser realizada dentro de los seis (6) meses contados a partir de la elaboración del acto de transferencia de la propiedad. De no realizarse en este plazo, se te aplicarán los recargos e intereses establecidos por el Código Tributario.
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Dora Pariente
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YINET RODRIGUEZ
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