jueves, 14 de agosto de 2025

Cerrado

Cómo puedo descargarme un vehículo sin acto de venta

Vendí un vehículo a una persona que trabaja para un dealer, ellos pagaron el vehículo pero no hicimos acto de venta, trato de contactar con ellos para hacer el acto pero no acceden, me gustaría saber qué puedo hacer para desligarme del carro.

-No tengo acto de venta.

-Tengo cédula de la persona que lo compro
-Tengo copia de matrícula original 
-El vehiculo sale a mi nombre 

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Solución oficial

Buenos días, Jean. Gracias por contactarnos.

En su caso que no dispone de toda la documentación requerida para solicitar el descargo, puede interponer una oposición administrativa por notificación de transferencia de vehículo.


Para interponer una oposición administrativa por notificación de transferencia de un vehículo, debe depositar en la en las Unidades de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de las Administraciones Locales y los Centros de Transacciones/Servicios de Vehiculos de Motor, los siguientes documentos según corresponda:

 

 

Personas Físicas

  1. Formulario Declaración Jurada de Transferencia de Vehículos de Motor (FI-VHM-308) llenado y firmado.
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del vendedor.

 

Costo de la certificación de registro: RD$300.00.


Tiempo de respuesta: inmediato.


Personas Jurídicas

  1. Formulario Declaración Jurada de Transferencia de Vehículos de Motor (FI-VHM-308) llenado y firmado y sellado.
  2. Carta de solicitud timbrada, firmada y sellada que indique los datos de la persona autorizada a realizar el trámite.
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante autorizado.

 

Costo de la certificación de registro: RD$300.00.


Tiempo de respuesta: inmediato.

 

  • Con este procedimiento el vehículo continuará a nombre del vendedor; sin embargo, se procederá a colocar una oposición por notificación de transferencia, con lo cual el comprador no podrá realizar ningún trámite con el vehículo (por ejemplo, renovar marbete, entre otros) hasta tanto no realice el traspaso. Esta oposición será levantada una vez el comprador realice el traspaso correspondiente.

 

  • Una vez colocada la oposición se debe entregar una certificación de registro de vehículo al contribuyente.

  • Este tipo de oposición es colocada cuando el vendedor no dispone de toda la documentación requerida para solicitar el descargo del vehículo.

  • Las solicitudes de Personas Físicas, debe ser realizada por el propietario del vehículo, sin intermediarios.


Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite: http://ms.spr.ly/61215srvoB.

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.