MD

miércoles, 25 de mayo de 2022 02:51

Cerrado

Cobros aporte ONGs por servicios

Hola,

Puede constituirse una ONGs para realizar un servicio y recibir un aporte por ese servicio prestado?

Saludos,

Saludos,

Solución oficial

Buenos días, Mirtha. Gracias por contactarnos.

 

Sí, tomando en cuenta que la actividad económica registrada debe coincidir con la actividad que está realizando.


Puede realizar la incorporación al RNC accediendo al siguiente enlace, según sea su caso:

·         Inscripción Persona Jurídica: http://ms.spr.ly/61215TxJgV

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.

26 Mensajes

hace 2 años

Si el servicio que presta la ONGs. paga ITBIS, debe pagar por ese aporte?

Buenos dias, Mirtha. Gracias por contactarnos.

 

Sí, debe pagar ITBIS cuando la ONG no posea una certificación de Exención de ITBIS.

 

Para solicitar la certificación de exención de ITBIS, las Instituciones Sin Fines de Lucro (ISFL) deben seguir los pasos indicados en este enlace:

 

http://ms.spr.ly/61214TxVDC

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.