viernes, 24 de enero de 2020 22:09

Cerrado

Cambio de nombre de empresa

Buenas, quiero saber cuáles son los pasos para cambiar el nombre de una empresa ya resgistrada y cómo procede.

Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 5 años

Buenos días. Para solicitar la modificación del nombre registrado debes depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de las Administraciones Locales, los siguientes documentos según sea el caso:

Personas Físicas (nombre comercial)

1. Formulario de Declaración Jurada de Registro y Actualización de Datos de Personas Físicas (RC-01)  llenado y firmado.
2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral del contribuyente de ambos lados.
3. Copia del certificado del nombre comercial emitido por ONAPI.
4. Carta de autorización del contribuyente (aplica en caso de que el solicitante sea un tercero).
5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral del representante de ambos lados (aplica en caso de que el solicitante sea un tercero).

Personas Jurídicas (compañías)

1. Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado con los anexos correspondientes.
2. Copia del certificado del nombre comercial modificado emitido por ONAPI.
3. Copia del Certificado de Registro Mercantil actualizado.
4. Copia del acta de asamblea general y y nómina de presencia que apruebe la modificación registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
5. Copia del acta de modificación registrado en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente (aplica para EIRL).
6. Copia de la resolución emitida por el órgano correspondiente, según sea el caso (Desarrollo Fronterizo, Turismo, Cadena Textil, Zonas Francas, Exportación, Zonas Francas Comerciales, DG-Cine, Energía Renovable, Pro-industria) Aplica en caso de entidades acogidas a régimen especial de tributación.

Importante: el contribuyente debe cumplir el deber de actualizar, documentos o datos que puedan dar lugar a la alteración de la responsabilidad tributaria, dentro de los 10 días posteriores a la fecha en que se realicen los cambios.

Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 5 años

Imperio un oficina