Para utilizar el saldo a favor generado en la Declaración Jurada Anual de Agentes de Retención de Asalariados (IR-13) debe seguir estos pasos, según sea el caso:
Para empleados que se encuentren laborando: Si han laborado el año completo, debe compensar el saldo a favor a los empleados cuyo salario se encuentre sujeto a la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) mensualmente con las futuras retenciones hasta que se agote, insertando dicho saldo como una novedad en la TSS.
Con la autorización otorgada, el nuevo empleador podrá compensar el saldo a favor generado en el empleador anterior con las futuras retenciones hasta que se agote, insertando dicho saldo como una novedad en la TSS.
Para empleados que no están laborando (desempleados): En estos casos, los empleados de manera independiente deben solicitar el reembolso del saldo a favor generado en el IR-13 de su último empleador.
Consideraciones Importantes: Los empleados que presentan IR-18, IR-1 y PSI-1 no generarán saldo a favor en el IR-13, por lo que se mostrarán con saldo cero en dicha declaración.
Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 7 años
Para empleados que se encuentren laborando:
Si han laborado el año completo, debe compensar el saldo a favor a los empleados cuyo salario se encuentre sujeto a la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) mensualmente con las futuras retenciones hasta que se agote, insertando dicho saldo como una novedad en la TSS.
Reembolsar el saldo a favor a aquellos empleados cuyo salario mensual no está sujeto a retención del ISR, previa autorización por parte de la DGII. Posteriormente podrá solicitar el crédito del valor devuelto, el cual será aplicado en su declaración de IR-3.
Para empleados que cambiaron de empleador:
En estos casos, los empleados deben solicitar la compensación del saldo a favor generado en el IR-13 del empleador anterior.
Con la autorización otorgada, el nuevo empleador podrá compensar el saldo a favor generado en el empleador anterior con las futuras retenciones hasta que se agote, insertando dicho saldo como una novedad en la TSS.
Reembolsar el saldo a favor a aquellos empleados cuyo salario mensual no está sujeto a retención del ISR, previa autorización por parte de la DGII. Posteriormente podrá solicitar el crédito del valor devuelto, el cual será aplicado en su declaración de IR-3.
Para empleados que no están laborando (desempleados):
En estos casos, los empleados de manera independiente deben solicitar el reembolso del saldo a favor generado en el IR-13 de su último empleador.
Consideraciones Importantes:
Los empleados que presentan IR-18, IR-1 y PSI-1 no generarán saldo a favor en el IR-13, por lo que se mostrarán con saldo cero en dicha declaración.
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