CA3473 ¿Qué debo hacer para reembolsar o compensar el saldo a favor generado en
el IR-13 a los empleados que no se encuentran sujetos a retención del ISR?
Para compensar o reembolsar el saldo a favor generado en el IR-13 por los empleados que no se encuentran sujetos a la retención del ISR, debe solicitar autorización depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (aplica en caso de Personas Físicas).
Relación de empleados para los cuales la empresa está solicitando el reembolso (aplica en caso de que sea el empleador quien realice la solicitud).
Poder de autorización notarizado y legalizado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).
Certificación bancaria que confirme los datos y la vigencia de la cuenta (aplica en caso de que, en el formulario de solicitud, se seleccione la transferencia bancaria como método de pago y coteje una de las casillas "No estoy laborando actualmente" o "Laboro para un nuevo empleador".
Tiempo de respuesta: 45 días laborables.
Costo: Gratuito.
Quienes pueden solicitar: Personas jurídicas y personas físicas (empleadores).
Cuando solicitar: Según necesidad.
Importante:
Para autorizar el reembolso o compensación es necesario que el empleador haya presentado la Declaración Jurada de IR-13 del periodo para el cual se realiza la solicitud.
Si selecciona la transferencia bancaria como método de pago la cuenta debe estar en pesos dominicanos y el nombre asociado a esta debe coincidir con la razón social o nombre del contribuyente
En caso de solicitar el reembolso de un empleado fallecido, el solicitante deberá anexar la siguiente documentación adicional a la documentación requerida para realizar este trámite:
Poder notarizado, donde los herederos le autorizan a gestionar el reembolso.
Documentación relacionada con el finado(a) (copia de cédula, acta de defunción, etc.).
Base Legal: Ley 11-92, Art. 19; Reglamento 139-98, Art. 65.
Solución oficial
Eliana Castillo
1.8K Mensajes
hace 8 años
Para compensar o reembolsar el saldo a favor generado en el IR-13 por los empleados que no se encuentran sujetos a la retención del ISR, debe solicitar autorización depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:
Formulario de Solicitud Reembolso de Saldo a Favor de Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas (FI-GERE-003), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Tiempo de respuesta: 45 días laborables.
Costo:
Gratuito.
Quienes pueden solicitar:
Personas jurídicas y personas físicas (empleadores).
Cuando solicitar:
Según necesidad.
Importante:
Para autorizar el reembolso o compensación es necesario que el empleador haya presentado la Declaración Jurada de IR-13 del periodo para el cual se realiza la solicitud.
Si selecciona la transferencia bancaria como método de pago la cuenta debe estar en pesos dominicanos y el nombre asociado a esta debe coincidir con la razón social o nombre del contribuyente
En caso de solicitar el reembolso de un empleado fallecido, el solicitante deberá anexar la siguiente documentación adicional a la documentación requerida para realizar este trámite:
Base Legal: Ley 11-92, Art. 19; Reglamento 139-98, Art. 65.
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