Perfil de Jorgelina Quiñones

jueves, 25 de enero de 2018 20:05

Cerrado

CA1501 ¿Qué debo hacer para solicitar el levantamiento de oposición de un vehículo de motor por venta condicional, prenda sin desapoderamiento o intransferibilidad a favor de terceros?

CA1501 ¿Qué debo hacer para solicitar el levantamiento de oposición de un vehículo de motor por venta condicional, prenda sin desapoderamiento o intransferibilidad a favor de terceros? 

Solución oficial

hace 5 años

Para solicitar el levantamiento de oposición de un vehículo de motor por venta condicional, prenda sin desapoderamiento o intransferibilidad a favor de terceros debe depositar en las Unidades de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de las Administraciones Locales y los Centros de Transacciones de Vehiculos de Motor, los siguientes documentos: 

  1. Carta de saldo (solo aplica para oposiciones interpuesta por personas jurídicas) o acto de alguacil.
  2. Matrícula original.
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del propietario del vehículo o Pasaporte si es extranjero.
  4. Poder notariado y legalizado (aplica en caso de que un apoderado sea quien realice el trámite).
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados de la persona autorizada a realizar la transacción (aplica en caso de que la solicitud se realice mediante una carta) o copia del carné de identificación del alguacil (aplica en caso de que la solicitud se realice mediante acto de alguacil).
  6. Carta de autorización de la empresa timbrada, firmada y sellada, indicando la persona autorizada a realizar el trámite (aplica en caso de Personas Jurídicas).
  7. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados de la persona autorizada a realizar el trámite (aplica en caso de Personas Jurídicas).
  8. Copia de Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, o pasaporte del solicitante (aplica en caso de cesación de intransferibilidad).
  9. Constancia fehaciente de los pagos que quedaron pendientes de liquidar al momento de la suscripción del 
    instrumento notarial inicial. 

Costo del Servicio:

* RD$100.00 por la cesación. 
* RD$100.00 por la impresión de la nueva matrícula.

Tiempo de respuesta: Inmediato; no obstante, si la solicitud es vía acto de alguacil al Departamento de Vehículo de Motor posee un tiempo de compromiso de hasta 10 días.


Consideraciones Importantes:

• La Administración Local San Carlos solo trabaja con solicitudes de Personas Jurídicas*.


• Para realizar el levantamiento de esta oposición, es necesario que la entidad financiera haya realizado el prelevantamiento de la misma. Puede confirmar si la oposición fue pre levantada, a través del Centro de Contacto DGII proporcionando los datos del vehículo.


• Una intransferibilidad es cuando el vehículo está financiado por alguna institución financiera y en la matrícula se coloca una oposición por “prenda sin desapoderamiento” o "venta condicional".


• Las solicitudes de levantamiento de oposición por venta condicional, intransferibilidad a favor de tercero y prenda sin desapoderamiento requeridas por alguaciles y entidades financieras (tanto por vía de acto de alguacil o carta) en los Servicios Personalizados de las Administraciones Locales de Santo Domingo deben ser dirigidas al Departamento de Vehículo de Motor.

• Para solicitar el levantamiento de oposición de un vehículo de motor por venta condicional, prenda sin desapoderamiento o intransferibilidad a favor de terceros cuando la entidad financiera fue fusionada debe depositar los documentos que sustentan la fusión de las entidades, anexando a estas la certificación de la Superintendencia de Bancos y Junta Monetaria aprobando la fusión y/o compra de cartera activa de clientes. El contrato de Cesión de Garantías debe estar endosado al nuevo adquiriente y registrado, para que el Dpto. de Vehículos de Motor pueda procesar correctamente el cambio de acreedor de garantías en el sistema.

• En los casos de que la carta de saldo sea con firma digital, la misma solo será aceptada cuando se realice la validación con el código QR y muestre que en efecto cumple con todos los mecanismos de autenticación de la entidad financiera que interpuso la oposición.

Base legal: Ley 63-17.
 

(Editado)