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jueves, 10 de abril de 2025 19:49

Cerrado

CA5218 ¿Puedo solicitar el descargo de un vehículo que fue recibido por un concesionario, distribuidor o vendedor de vehículos como parte del inicial (permuta) en la compra de uno nuevo?

¿Puedo solicitar el descargo de un vehículo que fue recibido por un concesionario, distribuidor o vendedor de vehículos como parte del inicial (permuta) en la compra de uno nuevo?

Solución oficial

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hace 21 días

Sí, los propietarios de vehículos de motor y remolques que hayan permutado sus vehículo usados en favor de concesionarios, distribuidores y vendedores deben descargar la propiedad de este, informando de dicha transferencia a la DGII. 

Importante:
  • El vehículo descargado quedará inscrito en el RNVMR a nombre del concesionario, distribuidor o vendedor de vehículo de motor y remolque, según corresponda. Esta transferencia no estará sujeta al pago del Impuesto del 2% por concepto de transferencia.

  • Este tipo de descargo podrá ser solicitado por los concesionarios, distribuidores y vendedores de vehículos de motor y remolques con licencia vigente.

  • Los concesionarios, distribuidores o vendedores de vehículos de motor y remolques no podrán realizar el endoso de los vehículos que han sido permutados como forma total o parcial de pago, sin que previamente se haya efectuado el descargo de dicho vehículo.

Base Legal: Norma General 03-25, Art. 16.

(Editado)