El traspaso de los derechos de propiedad de un vehículo de motor o remolque debe ser solicitado dentro del plazo de los noventa (90) días laborables, contados a partir de la firma del acto traslativo de propiedad o cualquier acto jurídico que afecte la condición del vehículo.
Solución oficial
MA
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hace 7 años
El traspaso de los derechos de propiedad de un vehículo de motor o remolque debe ser solicitado dentro del plazo de los noventa (90) días laborables, contados a partir de la firma del acto traslativo de propiedad o cualquier acto jurídico que afecte la condición del vehículo.
Importante:
Vencido este plazo se aplicarán los recargos e intereses establecidos en los artículos 26, 27 y 252 del Código Tributario.
Base Legal: Ley 173-07, Art. 9, Párrafo I; Ley 63-17, Art.292, Decreto 420-23, Art.7, Norma General 03-25, Art. 7.
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