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miércoles, 5 de junio de 2019 13:13

Cerrado

CA4045 ¿Debe el Estado aplicar la retención del 5% del Impuesto Sobre la Renta en los pagos efectuados a Instituciones Sin Fines de Lucro?

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Solución oficial

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hace 5 años

Las Instituciones sin Fines de Lucro (ISFL) gozan de una exención general de todos los tributos, impuestos, tasas y contribuciones especiales de carácter nacional o municipal, vigentes o futuros. Sin embargo, cuando estas realizan actividades comerciales con el fin de generar rentas o cualquier otra forma de beneficio, deben cumplir con los deberes y obligaciones tributarias establecidas en la legislación fiscal dominicana.

Es decir, que el Estado y sus dependencias debe efectuar la retención del 5% por concepto de Impuesto Sobre la Rentacuando efectúen pagos que se deriven de actividades comerciales con ISF.

Base legal: Ley 122-05, Art. 50; Norma General 01-02, Art. 11; Resolución 41-14, Art.4, párrafo. 

(Editado)