CA3887 ¿Qué tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) deben retener los agentes de
retención designados en la Norma General 07-19 sobre los intereses pagados o
acreditados a las Personas Jurídicas?
Los agentes de retención designados en la Norma General 07-19 deben retener una tasa de un uno por ciento (1%) sobre los intereses pagados o acreditados a las Personas Jurídicas o a cualquier otra entidad que no constituya una Persona Física.
Consideraciones Importantes:
El impuesto retenido constituye un pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de la Persona Jurídica en el mismo periodo fiscal en que fue realizada la retención, solo después de que la información haya sido recibida por la Administración Tributaria.
Los intereses pagados a Personas Jurídicas y Personas Físicas constituyen una deducción admitida del Impuesto Sobre la Renta de la entidad financiera siempre que haya sido efectuada la retención.Para las personas fisicas aplicará siempre y cuando cumplan con lo establecido en el BIS 306 del Código Tributario.
El impuesto retenido debe ser pagado a la DGII a más tardar el día 10 del mes siguiente al que se realizó el pago de los intereses.
Base Legal: Norma General 07-19, Art. 2, párrafo I y Art. 3, párrafo II.
Solución oficial
Jorgelina Quiñones
478 Mensajes
hace 7 años
Consideraciones Importantes:
Base Legal: Norma General 07-19, Art. 2, párrafo I y Art. 3, párrafo II.
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