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viernes, 29 de diciembre de 2017

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CA3119 ¿Qué debo hacer para que la DGII me libere de efectuar la retención del 1% por la venta de acciones o cuotas sociales?

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Solución oficial

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hace 8 años

Para que la DGII le libere de efectuar la retención del 1%  por la venta de acciones o cuotas sociales, debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:

  1. Carta de solicitud timbrada, firmada y sellada.
  2. Copia del contrato de compra y venta de las acciones o cuotas sociales.
Tiempo de Respuesta:
A determinar.
 
Costo del servicio:
Gratuito.
 
Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas.
 
Cuando solicitar:
Esta solicitud debe realizarse a más tardar 30 días antes del vencimiento de la fecha límite para el pago de la retención.

Consideraciones Importantes:

  • Esta solicitud procede siempre que el contribuyente pueda demostrar que no se producirá una ganancia de capital o que la aplicación de la retención del 1% sobre la totalidad del ingreso recibido por la venta de las acciones o cuotas sociales le generaría una pérdida de capital.

Base Legal: ​Ley 11-92, Art. 289; Norma General 07-11, Art. 2, Párrafo I.

(Editado)