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jueves, 4 de enero de 2018 22:03

Cerrado

CA2418 ¿Las entidades estatales deben actuar como agentes de retención?

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Solución oficial

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hace 7 años

Sí, es responsabilidad de toda entidad del estado ejercer su función como agente de retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de sus asalariados y en los pagos realizados en la adquisición de bienes y servicios, así como también declarar y pagar las retenciones realizadas por dichos conceptos.

Importante:
A partir del 01 de agosto de 2020, los montos retenidos y no pagados serán descontados de la asignación presupuestaria prevista a favor de cada institución para el ejercicio presupuestario en que el proveedor haya reportado la retención, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 307 y 309 del Código Tributario, estableciéndose un agente efectivo de retención mensual en el Tesoro Nacional y la Dirección General de Presupuesto.

Base Legal: Resolución 41-2014, Art. 4, Párrafo; Norma 02-05, Art. 1, Ley 51-23, Art. 30, párrafo II.

(Editado)