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martes, 21 de mayo de 2019 12:49

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CA1682 ¿Qué porcentaje del Impuesto Sobre La Renta (ISR) debe retener un empleador cuando paga la asistencia económica establecida en el punto 2 del artículo 82 del Código de Trabajo al beneficiario de un empleado fallecido?

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Solución oficial

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hace 6 años


El porcentaje del Impuesto Sobre La Renta (ISR) que debe retener un empleador cuando pague la asistencia económica establecida en el punto 2 del artículo 82 del Código de Trabajo al beneficiario de un empleado fallecido, es de un 10% del monto de la asistencia económica otorgada.

Consideración Importante: Este aporte debe ser soportado en un comprobante fiscal y la retención declarada en el IR-17.

(Editado)