viernes, 29 de septiembre de 2023 19:35

Cerrado

CA5024 ¿Qué debo hacer y hasta que fecha puedo presentar la Declaración Jurada de ITBIS (IT-1)?

.

Solución oficial

Para presentar la declaración jurada del IT-1 a través de la Oficina Virtual, debe seguir estos pasos: 

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Declaraciones Juradas seleccione la opción Declaración Interactiva y escoja el formulario correspondiente a la Declaración Jurada de ITBIS (IT-1)
  3. Digite el Año y seleccione el Mes de la declaración y presione el botón Continuar.
  4. Le aparecerá en pantalla el formulario IT-1 y el o los anexos que debe presentar. Llene estos anexos con los valores correspondientes y presione el botón Enviar Documento.
  5. Complete el formulario IT-1 con la información requerida y pulse el botón Enviar Documento.
  6. Imprima su constancia.

Importante:

  • La declaración jurada de IBTIS debe ser presentada en el siguiente orden secuencial: Anexo A, Anexo IT-H (en caso de que pertenezca al sector hotelero) y formulario IT-1.

  • Las columnas Cantidad y Monto de las casillas 1 hasta la 7 del renglón Operaciones Reportadas en el 607/Libro de Ventas por tipo de NCF del Anexo A se autocompletarán con las informaciones remitidas en el Formato 607. Sin embargo, los contribuyentes obligados a remitir libros de venta, aquellos acogidos al Régimen Simplificado de Tributación (RST), los miembros de la Asociación Dominicana de Radiodifusoras (ADORA) y quienes hayan implementado facturación electrónica, deben completar este renglón manualmente. 

  • Si la presentación del IT-1 es informativa y corresponde al periodo actual, debe realizarse por la opción Declaraciones en Cero. En caso de que la declaración corresponda a un periodo no vigente, basta con pulsar el botón Enviar Documento tanto en el Anexo A como en el formulario IT-1, utilizando la opción Declaración Interactiva.

  • Para presentar la Declaración Jurada de ITBIS se requiere que previamente haya enviado los formatos de envío de datos 606 y 607.

  • Esta declaración también puede ser presentada de manera presencial. Para estos fines debe dirigirse al área de caja de la Administración Local a la que pertenece con el formulario IT-1 (incluyendo los anexos siempre que aplique) para la digitación de la declaración en el sistema.

  • Puede modificar las informaciones remitidas en el Anexo A, siempre y cuando no haya enviado el formulario IT-1.

  • El impuesto que resulte a pagar en la presentación de la declaración debe ser saldado en esa misma fecha.

Tiempo de Respuesta: inmediato. 

Costo: 
Gratuito. 

Quienes deben presentar:

Personas físicas y jurídicas que realicen transferencias o importaciones de bienes gravados o presten servicios gravados o estén obligadas a actuar como agentes de retención.

Cuando presentar:
A más tardar el día 20 del mes siguiente al período declarado. No obstante, si la fecha límite de presentación y pago coincide con fines de semana o días feriados, se prorroga al próximo día laborable.


Base Legal: Ley 11-92, Art. 353; Reglamento 293-11, Art. 24.

(Editado)