El monto que deben pagar las entidades jurídicas, incluyendo las asociaciones sin fines de lucro y otros patrimonios autónomos y entidades gubernamentales, de contribución especial para la gestión integral de residuos sólidos será establecido de acuerdo a los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate de cada entidad, conforme los siguientes rangos:
Rango de ingresosContribución
•De $0.00 a $1,000,000.00 $3,000.00 • De $ 1,000,000.01 a $10,000,000.00 $6,000.00 • De $ 10,000,000.01 a $25,000,000.00 $20,000.00 • De $ 25,000,000.01 a $50,000,000.00 $155,000.00 • De $ 50,000,000.01 a $100,000,000.00 $260,000.00 • Mayor de $ 100,000,000.01 $675,000.00
Importante:
Estos montos serán ajustados cada año conforme el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central de la República Dominicana.
Esta contribución se realizará de acuerdo a los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate de cada entidad, independientemente de que perciba o no beneficios.
En el caso de la contribución a pagar correspondientes a las instituciones del Estado, la Dirección General de Presupuesto determinará anualmente del fondo general del presupuesto, el monto correspondiente a dicha contribución, el cual será una suma similar a lo recaudado por la DGII, por concepto de contribución especial, del ejercicio del año fiscal anterior. Estos fondos serán asignados y transferidos a las cuentas del fideicomiso, vía el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Estos montos entrarán en vigencia a partir del cierre fiscal 31 de diciembre de 2025.
Base Legal: Ley 225-20, Art. 36, modificado por el Art. 5 de la Ley 98-25.
Documentación Relacionada: Consulta técnica 17 de febrero 2022, Aviso 02-25.
Solución oficial
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El monto que deben pagar las entidades jurídicas, incluyendo las asociaciones sin fines de lucro y otros patrimonios autónomos y entidades gubernamentales, de contribución especial para la gestión integral de residuos sólidos será establecido de acuerdo a los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate de cada entidad, conforme los siguientes rangos:
Rango de ingresos Contribución
•De $0.00 a $1,000,000.00 $3,000.00
• De $ 1,000,000.01 a $10,000,000.00 $6,000.00
• De $ 10,000,000.01 a $25,000,000.00 $20,000.00
• De $ 25,000,000.01 a $50,000,000.00 $155,000.00
• De $ 50,000,000.01 a $100,000,000.00 $260,000.00
• Mayor de $ 100,000,000.01 $675,000.00
Importante:
Estos montos serán ajustados cada año conforme el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central de la República Dominicana.
Esta contribución se realizará de acuerdo a los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate de cada entidad, independientemente de que perciba o no beneficios.
En el caso de la contribución a pagar correspondientes a las instituciones del Estado, la Dirección General de Presupuesto determinará anualmente del fondo general del presupuesto, el monto correspondiente a dicha contribución, el cual será una suma similar a lo recaudado por la DGII, por concepto de contribución especial, del ejercicio del año fiscal anterior. Estos fondos serán asignados y transferidos a las cuentas del fideicomiso, vía el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Estos montos entrarán en vigencia a partir del cierre fiscal 31 de diciembre de 2025.
Base Legal: Ley 225-20, Art. 36, modificado por el Art. 5 de la Ley 98-25.
Documentación Relacionada: Consulta técnica 17 de febrero 2022, Aviso 02-25.
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