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lunes, 10 de mayo de 2021

Cerrado

CA4559 ¿Qué monto deben pagar las entidades jurídicas de contribución especial para la gestión integral de residuos sólidos?

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Solución oficial

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hace 5 años

El monto que deben pagar las entidades jurídicas, incluyendo las asociaciones sin fines de lucro y otros patrimonios autónomos y entidades gubernamentales, de contribución especial para la gestión integral de residuos sólidos será establecido de acuerdo a los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate de cada entidad, conforme los siguientes rangos:

Rango de ingresos                                   Contribución  

•De $0.00 a $1,000,000.00                             $3,000.00
• De $ 1,000,000.01 a $10,000,000.00           $6,000.00
• De $ 10,000,000.01 a $25,000,000.00         $20,000.00
• De $ 25,000,000.01 a $50,000,000.00         $155,000.00
• De $ 50,000,000.01 a $100,000,000.00       $260,000.00
• Mayor de $ 100,000,000.01                        $675,000.00


Importante:

Estos montos serán ajustados cada año conforme el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central de la República Dominicana. 


Esta contribución se realizará de acuerdo a los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate de cada entidad, independientemente de que perciba o no beneficios.

En el caso de la contribución a pagar correspondientes a las instituciones del Estado, la Dirección General de Presupuesto determinará anualmente del fondo general del presupuesto, el monto correspondiente a dicha contribución, el cual será una suma similar a lo recaudado por la DGII, por concepto de contribución especial, del ejercicio del año fiscal anterior. Estos fondos serán asignados y transferidos a las cuentas del fideicomiso, vía el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Estos montos entrarán en vigencia a partir del cierre fiscal 31 de diciembre de 2025.


Base Legal: Ley 225-20, Art. 36, modificado por el Art. 5 de la Ley 98-25.

Documentación Relacionada: Consulta técnica 17 de febrero 2022, Aviso 02-25.

(Editado)