Están alcanzados por las disposiciones establecidas en la Norma General 03-22, los siguientes sujetos obligados:
Empresas de factoraje.
Agentes inmobiliarios, cuando estos se involucran en transacciones para sus clientes concernientes a la compra y venta de bienes inmobiliarios.
Comerciantes de metales preciosos, piedras preciosas y joyas.
Los abogados, notarios, contadores y otros profesionales jurídicos, cuando se disponen a realizar transacciones o realizan transacciones para sus clientes, sobre las siguientes actividades:
Compra, venta o remodelación de inmuebles.
Administración del dinero, valores u otros bienes del cliente.
Administración de las cuentas bancarias, de ahorros o valores.
Organización de contribuciones para la creación, operación o administración de empresas.
Creación, operación o administración de personas u otras estructuras jurídicas, y compra y venta de entidades comerciales.
La constitución de personas jurídicas, su modificación patrimonial, por motivo de aumento o disminución de capital social, fusión o escisión, así como la compra y venta de acciones y partes sociales.
Actuación como agente de creación de personas jurídicas.
Actuación (o arreglo para que otra persona actúe) como director o apoderado de una sociedad mercantil, un socio de una sociedad o una posición similar con relación a otras personas jurídicas.
Provisión de un domicilio registrado, domicilio comercial o espacio físico, domicilio postal o administrativo para una sociedad mercantil, sociedad o cualquier otra persona o estructura jurídica.
Actuación o arreglo para que una persona actúe como un accionista nominal para otra persona.
5. Las empresas o personas físicas que de forma habitual se dediquen a la compra y venta de vehículos de motor, armas de fuego, barcos y aviones.
6. Casas de empeños.
7. Empresas constructoras.
8. Sociedades fiduciarias que no ofrecen servicios a entidades financieras o de oferta pública.
Solución oficial
MAMF
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hace 3 años
Están alcanzados por las disposiciones establecidas en la Norma General 03-22, los siguientes sujetos obligados:
5. Las empresas o personas físicas que de forma habitual se dediquen a la compra y venta de vehículos de motor, armas de fuego, barcos y aviones.
6. Casas de empeños.
7. Empresas constructoras.
8. Sociedades fiduciarias que no ofrecen servicios a entidades financieras o de oferta pública.
Base Legal: Norma General 03-22, Art. 2.
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