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lunes, 25 de octubre de 2021 21:29

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CA4630 ¿Cuál es el monto de la multa que deben pagar los sujetos obligados no financieros que incumplan con sus obligaciones en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo?

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Solución oficial

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hace 3 años

Los sujetos obligados no financieros que incumplan con sus obligaciones en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo,  deben pagar una multa cuyo monto es fijado conforme el tipo de infracción cometida:

1. Infracción administrativa leve: el monto de la multa va desde RD$316,650.00 a RD$1,055,500.00.

2. Infracción administrativa grave: el monto de la multa va desde RD$1,055,501.06 a RD$ 2,111,000.00.

3. Infracción administrativa muy grave:  el monto de la multa va desde RD$2,111,001.06 a RD$ 4,222,000.00.
  
Consideraciones Importantes:
  
• Las multas administrativas que se impondrán a quienes, ejerciendo un cargo de administración o dirección, sean responsables de infracción administrativa muy grave, van desde RD$523,750.00 a RD$ 3,166,500.00.

• Los montos de las multas serán actualizados periódicamente por el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (CONCLAFIT).

• La clasificación de las infracciones administrativas puede ser consultada en los artículos 68 al 71 de la Ley 155-17. 
 
   
Base Legal: Ley 155-77 Arts. 74, 75 y 78; Resolución 01-2021-CONCLAFIT.  

(Editado)