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jueves, 27 de noviembre de 2025

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CA4073 ¿Cuáles son las prohibiciones relacionadas a los pagos y liquidaciones en efectivo que contempla la Ley 155-17 Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo?

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Solución oficial

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hace 7 días

Se prohíbe a toda persona, física o moral, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de efectivo, monedas y billetes, en moneda nacional o cualquier otra, así como a través de metales preciosos bajo las siguientes condiciones:

  • Constitución o transmisión de derechos sobre inmuebles, por un monto superior a un millón quinientos mil pesos dominicanos (RD$1,500,000.00).

  • Constitución o transmisión de derechos sobre vehículos de motor, aeronaves y embarcaciones, por un monto superior a ochocientos mil pesos dominicanos (RD$800,000.00).

  • Transmisiones de propiedad de relojes, joyas preciosas, ya sea por pieza o por lote, y de obras de arte, por un monto superior a setecientos mil pesos dominicanos (RD$700,000.00).

  • Adquisición de boletos para participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos, así como la entrega o pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos, por un monto superior a cuatrocientos mil pesos dominicanos (RD$400,000.00).

  • Para participar o jugar en casinos, loterías y otros juegos de azar, por un monto superior a cuatrocientos mil pesos dominicanos (RD$400,000.00).

  • Transmisión de propiedad o constitución de acciones o partes sociales, por un monto superior a cuatrocientos mil pesos dominicanos (RD$400,000.00).

  • Constitución de derechos de uso o goce sobre cualquiera de los bienes a que se refieren los literales a), b) ye), por un monto superior a cuatrocientos mil pesos dominicanos (RD$400,000.00).

Importante:

Estos umbrales aplican a partir del 1 de septiembre de 2025. Para las transacciones efectuadas entre el 13 de diciembre de 2022 y el 31 de agosto de 2025, se aplicarán los umbrales correspondientes a ese período.

Base legal: Ley 155-17 Art. 64.

Documentación relacionada: Aviso 27-25

(Editado)